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IVA intracomunitario ¿Qúe es?:
En una economía global tan competitiva, se deben buscar todo tipo de ventajas diferenciales. En Europa no sólo existen productos y mercados más atractivos, sino que existe la ventaja fiscal del especial funcionamiento del IVA intracomunitario.
Resumiendo mucho el tema, esto funciona así. El objetivo es ahorrarnos el IVA a la hora de vender mercancías y servicios a países de la Unión Europea y no pagar IVA a la hora de comprar. A primera vista parece sencillo, pero detrás de esa piel de cordero se esconde la parte más compleja de la Ley de IVA. Trataremos de desbrozar un poco el monte para nuestros lectores…
Clave 1: ¿Que es el Registro de operadores Intracomunitarios?
Es el «Santo Grial». Sin darse de alta en este Registro como autónomo o empresa, no puedes optar a ahorrarte el IVA . Para inscribirse en este Registro, sólo es necesario presentar una declaración censal en Hacienda (modelo 036). Sólo de esta forma se puede obtener el número de operador intracomunitario. Pero espera, no lo hagas aún… sigue leyendo.
Clave 2: ¿Cómo funciona el mecanismo de inversión del sujeto pasivo en las compras?
Os sonará a chino. Bieeeeen… Lo explico.
Cuando tu compras o vendes a un español (excepto Canarias), seas empresario o consumidor, siempre (excepto en operaciones exentas, claro) pagas un IVA. En ventas repercutes IVA, en compras lo soportas. Al 21%, al 10% o al 4%.
Pues bien, este mecanismo se lo inventaron para que el impuesto con otros países europeos sea nulo. ¿La formula? Añadir IVA repercutido y soportado a tu compra. Por ejemplo, si compras por 1 euro a un español, pagas 1 + 0,21 de IVA = 1,21 €. Si compras por 1 euro a un italiano (y estas dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios), repercutes IVA por 0,21 € y soportas IVA por 0,21 €, con lo que al italiano le sigues pagando sólo 1 euro. Y a Hacienda 0,21-0,21=0. Vamos, es como comprar y vender a la vez a efectos de IVA.
Clave 3: Consecuencias de inscribirse en el Registro de operadores Intracomunitarios
Esto ya es «la madre del cordero». Pon que te acabas de dar de alta como autónomo sin registrarte en el Registro de Operadores Intracomunitarios (en adelante ROI) y has gastado un buen dinero en publicidad de Google Adwords o de Facebook Ads. Bien, estas dos empresas son empresas irlandesas. Estás comprando servicios a Irlanda, querido. Estas empresas te están facturando por el mecanismo de inversión del sujeto pasivo. ¿Que quiere decir esto?. Pues que no estás pagando el IVA y no estás de alta en el ROI. Lo mismo pasa exactamente cuando la primera venta que has hecho es por ejemplo un servicio a un alemán. Más vale que le hayas cobrado IVA español, si no, prepárate para tener problemas.
¿Qué hacer?. Aquí viene el problema. Te vas a dar de alta en el ROI, pero lo que no sabes es que automáticamente vas a recibir una visita de unos técnicos de Hacienda a tu domicilio en cuanto lo hagas!! Y queda a su criterio el creerse que tienes actividad (imagínate que estás en tu casa o no tienes local fijo, como tantos otros) y el creerse que necesitas operar con Europa para tu actividad. Es triste, pero como tantas cosas, queda a criterio de un funcionario tu propio negocio.
Clave 4: Ten prudencia con el IVA intracomunitario
Después de lo comentado, cabe aplicar la prudencia. Valora el inscribirte en el ROI, en España han complicado mucho el tema para casos en los que el volumen intracomunitario es muy pequeño. Los requisitos y la burocracia son absurdos. Si estás vendiendo muy poco a Europa, vende con IVA español hasta darte de alta en el ROI. O bien juégatela vendiendo sin IVA pero trata de tramitar el alta en el ROI al principio del trimestre. Si estás comprando por poco importe, recuerda que tienes cuatro años para declarar el IVA soportado. Si son servicios, espera a declararlo. Si son compras de bienes, es recomendable que pagues el IVA que te cargará el otro país, aunque existe un mecanismo para recuperarlo.
Clave 5: ¿Las ventas intracomunitarias nunca llevan IVA?. Depende del caso
En primer lugar, para vender sin IVA, tienes que asegurarte de que vendes a otro empresario o profesional. Si vendes a particulares, debes vender con IVA.
Si lo que vendes son mercancías, en un futuro se debe acreditar que el destino de los bienes es la Unión Europea. Para ello debes guardar todas las facturas o documentos de los transportistas.
Clave 6: Valida los números de operador intracomunitario en tus transacciones con Europa.
Siempre que vendas o compres, asegúrate de que tus clientes o proveedores son empresarios registrados en el ROI que disponen del también llamado número VIES. Este ROI es llamado también censo VIES. Para comprobarlo, se puede hacer desde la página web de Hacienda, pero te dejamos este enlace de la Comisión Europea. Es más sencillo.
Clave 7: Si emites facturas a Europa, no te olvides de añadir una nota al final de la factura!
En todas las facturas que emitas (sin IVA intracomunitario, por supuesto), debes añadir al pie de la factura que la operación esta exenta de IVA de acuerdo con la directiva comunitaria. Te ahorraras futuros problemas de índole fiscal con Hacienda.
Clave 8: Tendrás que declarar todo a hacienda en el modelo 349.
Una vez que hemos salvado los trámites anteriores, toca contarle a Hacienda nuestras operaciones con Europa. Se trata de hacer constar en este modelo 349, los importes de las compras y ventas que hemos efectuado con los proveedores y clientes europeos. Lo normal es hacerlo trimestralmente (no recomendamos la opción anual ya que los límites son muy bajos), pero si las ventas intracomunitarias pasan de 50.000 euros en un trimestre, la declaración debe ser mensual. Mucho cuidado con dejar de presentarlo, Hacienda aplica unas sanciones importantes. Igualmente, en la declaración de IVA ordinaria (modelo 303), se debe de hacer constar el importe de las operaciones intracomunitarias.
Clave 9: Cuidado con no declarar operaciones intracomunitarias durante más de un año
Hacienda procede a darte de baja de oficio como operador de IVA intracomunitario si dejas de declarar operaciones con Europa durante un año (modelo 349). Esto quiere decir que tendrás que tramitar ooootra vez el alta en ROI, con todo lo que ello implica … horror!!
[…] hablar con nuestra asesoría fiscal para que realice este trámite lo antes posible, aunque con precaución pues Hacienda normalmente realiza unas comprobaciones previas que demoran días, e incluso meses, […]
Hola buenos días, en primer lugar gracias por este artículo .
Me encuentro con una tienda-online en proyecto y tengo que hacer promociones con google adwords.
Lo gestiono todo desde mi dOmicilio, entonces si me doy de alta en el ROI, va a venir un inspector a mi propia casa sí o sí? a qué? Esto me parece increible.
Aun no he declarado la actividad, ni sé si tendré suficientes ventas, con lo cual tampoco puedo darme de alta de autónomo.
En adwords me piden el numero del ROI, pero no me quedó claro si es mejor presentar el modelo 036 dandose de alta al ROI, o mejor no dar de alta y esperar a declarar el IVA con en el modelo 303?
Gracias de antemano por la atención.
Buenos días Daniel,
Agradecerte tu atención. Efectivamente, debido al fraude que se detectó con el IVA intracomunitario, Hacienda ha puesto las cosas más difíciles; ya que al dar el alta por medio de un modelo 036 en el ROI, ellos realizan una visita por parte de los técnicos de Hacienda al domicilio de la actividad, para así comprobar la realidad de las operaciones. Es una pena que paguemos justos por pecadores, sobre todo por el tiempo que se pierde hasta que Hacienda aprueba el alta en el ROI. El sistema actual es completamente arcaico.
Hola de nuevo y gracias por tu respuesta.
Sí, completamente de acuerdo es un sistema obsoleto sobretodo para autónomos que empezamos. Solo falta que te vengan a casa para decirte si les parece bien. ¿y qué revisan? ¿hay que invitarles a un café también? En fin, todo son trabas y papeleo es lo de siempre en Españistán.
Y por lo del ROI, cuanto tardan en darte el alta? ¿Y si no te das de alta, se puede hacer publicidad en Google o Facebook sin estar registrado? Dices que es mejor esperar al trimestre para declarar el IVA soportado en el 303, no? más que nada para hacer pruebas y testear la viabilidad del negocio online.
Hola de nuevo Daniel,
Normalmente el plazo depende de cada administración, pero es complicado que baje de los 2-3 meses. Efectivamente, si se trata de compras pequeñas, es recomendable que os facturen con IVA o bien declararlas más tarde, incluso a final de año.
Saludos
Hola!
En primer lugar, enhorabuena por el post.
Tengo la siguiente duda al respecto del modelo 349:
Al inicio de nuestra actividad, en feb-2013, hemos tenido que hacer varias compras (inversión y gasto) a otro estado miembro de la UE que superaron el límite de los 50.000€. Pero desde hace más de un año, las compras realizadas no superan este importe. ¿cuándo puedo volver a realizar la declaración de forma trimestral? ¿Qué trámite adicional debo realizar?
Gracias anticipadas por vuestra respuesta.
Un saludo,
Rodrigo
Buenas tardes Rodrigo,
Normalmente no hay que hacer ningún trámite adicional para cambiar la declaración del modelo 349 de mensual a trimestral. No obstante, reseñar que el límite opera para las ventas o prestaciones de servicios mayores de 50.000 euros, no para las compras.
Gracias por leernos, saludos cordiales!
Buenos tardes,
Muchas gracias por el post. Al respecto, tengo la siguiente duda:
Soy autonomo en España y me han contratado una asociación de Gran Breataña para un proyecto. Por ser una asociación sin animo de lucro, los que me contrataron no tienen numero de IVA. Tengo el numero de asociación de ellos como ´charity´ en Gran Bretaña, pero no constan con ese numero como operadores intercomunitarios. Por lo que entiendo, siendo ellos una asociación sin animo de lucro, no pueden declarar un IVA soportado ni un IVA repercutido. En ese caso, debo rellenar el modelo 349? Que debo hacer para estar excempto de pagar el IVA?
Buenos días Bioy,
Muchas gracias por leernos!
Dada la complejidad de tu consulta, el sitio adecuado para formularla es nuestro servicio de asesor online, en el que respondemos con el precio de la consulta y vía telefónica u online en un máximo de 48 horas.
Enhorabuena por el artículo. Muy bien explicado. La verdad es que es un dolor entender todos los pormenores de los operadores intracomunitarios. En mi caso quería consultar qué debo hacer con las facturas que tengo de publicidad en Google y Facebook ADS. He ofertado servicios a una empresa alemana que he consignado en los modelos 303 y luego en el resumen 349 este mes de enero. Sin embargo no sabía qué hacer con estas facturas, ¿me sirven para desgravar algo? ¿tengo que pagar el iva que no pago?
Buenas tardes Iosu, El IVA intracomunitario simplemente hay que consignarlo en la declaración del trimestre (modelo 303) y en el modelo 349 (declaración de operaciones intracomunitarias). Mientras estés inscrito en el ROI como operador intracomunitario, la única obligación es informativa.
Gracias por leernos
Hola buscando información sobre el iva intracomunitario llegué hasta aqui, pero hay cosas que en mi caso no entiendo…
En mi caso estoy gestionandome sin gestor por ahorrar. Estoy en trámites de abrir una tienda online, hice el alta del IAE, pero al querer comprar a un proveedor Europeo me pidio mi N° de registro en en ROI. Mi duda es a la hora de declarar el Iva ¿Se supone que se hace al mismo tiempo que el Iva «normal» por comprar en España en el 309 (cada 3 meses) y una vez al año en el 349? Ya se que me enviarian sin Iva y pagaria una vez llegaran los productos aquí.
Despues de leer tu articulo ya no se si darme de alta o no en ROI, pues estoy empezando y no se si sería adecuado o no en mi situación.
Siento si estoy preguntando demasiado, pero esto a mi se me hace cada vez más un lio. Gracias!
Efectivamente, el plazo para declarar las operaciones es trimestral, con el IVA. El registro en ROI se hace imprescindible si tienes pensado vender a Europa, y en el caso de una tienda online, es muy recomendable.
Buenas tardes,
Gracias por el artículo acerca del ROI.
En mi caso, presto servicios a una agencia de fotografía de Reino Unido que me realiza unos ingresos periódicos de unos 400€ anuales por medio de transferencia bancaria. La agencia está registrada en el ROI y me dice que no necesita que le presente facturas.
No compro nada ni me facturan desde el extranjero. ¿Estoy obligada igualmente a darme de alta en el ROI?
¿Puedo declarar los ingresos a través del modelo 130 del IRPF?
Gracias de antemano.
Un saludo,
Elena
Hola Elena, es necesaria el alta en el ROI, de lo contrario debes facturarles con IVA español
Hola,
Muchas gracias por responder.
Tengo algunas dudas con la factura con IVA español para este caso.
Si no me doy de alta en el ROI y esta agencia inglesa me realiza una transferencia de 100€,
para hacer el cálculo del IVA, ¿debería entender que está incluído en esos 100€?
¿Se presentaría a través del modelo trimestral de IVA como si se tratara de una factura a una empresa con sede en España?
Supongo que el IRPF no se incluye en la factura, ¿se presentaría en el modelo correspondiente a pagos fraccionados?
Muchas gracias nuevamente.
Saludos,
Elena
Buenos días Elena, para este tipo de consultas múltiples más complejas debería usar el servicio de asesor online. Gracias
Buenos días. Mi pregunta es similar. Estoy montando una tienda online y no vendería en ningún caso fuera de España, pero me interesa encargar servicios de imprenta (publicidad, tarjetas de visita, postales, etiquetas… etc) y también contratar algún servicio de publicidad de Google o Facebook. Para ésto sería necesario darme de alta en el ROI? O simplemente con pagar la factura con el iva del país de origen ya estaría?
Muchas gracias
Hola Jesús, bastaría siempre con pagar el iva en país de origen para compras. El problema es que no es deducible.
Hola,
Yo tengo una casa para alquiler que se anuncia en booking.com con sede en Paises Bajos, ¿que tengo que hacer con las facturas de las comisiones que me emite booking.com?
Lo normal es que esas facturas vayan con el IVA holandés, pues es un inmueble radicado allí
Hola, el tema de booking.com que dice Maria.
La factura es en concepto de comisión por intermediacion, el hotel en España, booking.com en Holanda, booking Emite la factura con inversión del sujeto pasivo.
Si se invierte el sujeto pasivo, el importe de la factura que paga el hotel sería la base y realmente habría que añadir el IVA del 21 que lo pagaría el hotel a la administración publica¿
Como la comisión es un % del total con IVA incluido, estamos pagando una comision sobre el IVA y luego además el iva sobre ese porcentaje ya que el problema sería una base imponible más alta de lo que toca¿
Saludos!!!
Mi caso es algo singular ( o eso creo ), he comprado un vehiculo en Alemania con IVA no deducible a una empresa aplicando ellos su REBU Aleman (S25) ellos pagaran el IVA de sus beneficios, y estando esta empresa inscrita correctamente en el ROI.
Yo estoy en el REBU y tengo solicitado el VIES y estoy a la espera…. Mi pregunta es si debo tenir VIES ya que en estas operaciones el IVA es la diferencia del beneficio y entre ese compraventa y yo compraventa también no hay ningún IVA de por medio.
Si ellos te han aplicado el IVA Alemán sobre el margen, no es necesaria alta en VIES por tu parte.
Buenos días,
tengo una duda, tengo una tienda online, solo vendo en españa.
Pero el proveedor es de Holanda, me aplica el 6% Btw, entiendo que es el iva holandés,
Mis preguntas son:
Lo puedo deducir ?
Me tiene que cobrar el 6% ?
Me ha preguntado que si tengo nº de iva, me puede mandar la factura a 0%?
os agradeciera que me aconsejarais, puesto que la operación la tengo que
realizar máximo mañana.
gracias por todo
Buenos días.
Estupendo artículo. Leyéndolo, y los demás comentarios y respuestas, veo que no es nada sencillo realizar operaciones intracomunitarias y dudo que merezca la pena darse de alta en el ROI para trabajos puntuales.
En mi caso sería el desarrollo de una aplicación. La propiedad del software sería suya por tanto es una prestación de servicios. Entiendo que si no me doy de alta en el ROI debería incluir en la factura el IVA español (21%) y ¿declararlo en el modelo 303 y en el resumen anual 390 como si fuera un cliente español? No me importaría tener que pagar ese IVA pues se lo cobraría al cliente, pero no se que problemas me puedo encontrar. Lo único que se me ocurre es que el cliente no quiera que le facture con el IVA español.
También, como todas las facturas que emito tienen retención ahora mismo no estoy presentando el modelo 347. Supongo que en este caso, al no haber retención, si que debería presentar el modelo 347. La duda es si incluyo sólo los importes sin retención o los debería incluir todos.
Muchas gracias!!!
Hola Pablo, este tipo de consultas las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Gracias!
Buenas tardes. Un artículo muy útil e interesante. Me gustaría hacer una consulta. Somos una empresa española que vamos a hacer un pedido de productos a una empresa finlandesa (nosotros no estamos dados de alta en VIES o ROI). ¿En éste caso tendríamos que pagar el IVA en factura al comprar el producto? En ése caso, dado que en Finlandia el IVA es del 24%, ¿cómo compensamos la diferencia?
Gracias, un saludo
Hola Carlos, la diferencia del IVA extranjero no es compensable, ya que en este caso es como si actuaraís como consumidores finales.
Buenas tardes,
Y en este caso, habría que declarar esta adquisición en el modelo 303?…..O al no ser iva deducible, por no estar dado de alta en el ROI, no se debe incluir en este modelo (303).
Ni tampoco en el modelo 349. (por la misma razón; no estar dado de alta en el ROI), verdad?.
Espero sus comentarios de gradísima utilidad.
Hola Jorge, Estás en lo correcto. Son operaciones no sujetas al IVA español, al ser IVA francés. Gracias por seguirnos
Buenas noches, en primer lugar enhorabuena por la explicación magistral que has dado sobre el tema. Le planteo mi situación.
Yo siempre he trabajado por cuenta ajena, y ahora estoy desempleado pero ahora con la crisis que vivimos extendí mis búsqueda de empleo fuera de nuestras fronteras, dando como resultado que una empresa holandesa me ha ofrecido un trabajo.
Yo soy delineante, y sería la colaboración durante unos seis meses en un proyecto, con lo que durante ese tiempo tendría que instalarme allí.
Dicha empresa me pide que lo haga como autónomo, mi duda es si lo hago como autónomo español o holandes, y en el caso del primer caso, si sería conveniente inscribirme en el ROI, aunque no sé si la empresa que me contrata está también inscrita.
Muchas gracias, un saludo.
Complicada respuesta, pero si no pasas más de 183 días en Holanda, eres autónomo español. Sin embargo, lo lógico es que te des de alta como sujeto pasivo de IVA holandés, por prestar los servicios allí.
Quisiera saber cuanto tiempo tarda hacienda en darte de alta para operaciones sin iva intracomunitarias desde que lo solicitas,han pasado 10 días.
Hola, normalmente el tiempo medio suele estar entre uno y tres meses, varía mucho entre delegaciones de hacienda. Normalmente va precedido de visita de unos técnicos de hacienda al domicilio fiscal.
Muchas gracias por tus explicaciones. Se me presenta el caso de hacer un servicio puntual a una empresa holandesa. Leyendo tus explicaciones no creo conveniente darme de alta en el ROI para emitir una sola factura de no demasiado importe. Puedo emitir la factura a través de una s.l. o como autónoma.
Tengo la duda si me pueden exigir, (tanto la empresa holandesa como hacienda en España) estar dada de alta en el ROI. Al respecto se me ocurre facturarles con la nota a pie de factura que comentas de que la operación de mis servicios están exentos de IVA? y posteriormente no declarar en hacienda dicha factura por estar exenta de IVA.
Pero, no sé si finalmente esto derivará en problemas fiscales.
Muchas gracias por su atención y respuesta.
Hola Mar, lo mas sencillo… facturar con IVA español
Muy buenas, he llegado a este artículo buscando información sobre las operaciones intracomunitarias, veo mucha confusión y en hacienda unos días te dicen una cosa y otros te dicen otra.
Soy autónoma que realiza servicios para una empresa Alemana. En concreto, la empresa me entrega redes de barcos rotas, y todo el material para arreglarlas, yo las arreglo y se las devuelvo. Tanto la entrega como la devolución se hace en españa, por lo que lo único que hago es facturar un servicio a una empresa Alemana.
Me he dado de alta en el ROI y ya tengo mi número de operador intracomunitario desde mediados de mayo. Durante el primer trimestre presenté el modelo 303 sin actividad. Debería ahora en el segundo trimestre incluir en el apartado de «entregas intracomunitarias de bienes y servicios» las facturas del primer y segundo trimestre?
Buenas tardes: la AEAT nos requiere para que acreditemos, antes de proceder al alta en el registro de operaciones intracomunitarias, que uno de los socios, al que le constan deudas tributarias pendientes, se encuentra al día en el pago de las mismas. Dicho socio se encuentra en situación de Concurso de acreedores y la solicitud de alta no tiene nada que ver con él, sino con la sociedad de la que es socio.
Completamente inaudito lo que afirmas, Fernando. Esa denegación no está documentada en absoluto, ya que la denegación debe demostrar indicios demostrables de fraude.
Hola, Gracias por el artículo.
Tengo una tienda on-line y tengo varios proveedores intracomunitarios. Tributo cada tres meses con estimación objetiva (módulos). ¿Podría darme de alta en el ROI sin salir de la tributación por módulos?
Muchas gracias!
Sin problemas
Buenos dias,
Gracias por vuestro asesoramiento. En mi caso soy autónoma y comisionista de una empresa de salud y cuidado personal con sede social en Italia por intermediar venta de productos que el cliente compra on line directamente a la empresa. En ningún caso vendo yo directamente.
Estos 2 ultimos meses he comprado producto por importes de menos de 100€ con facturas sin Iva pero para mi propio consumo y no estoy dada de alta en el Roi. Esto lo seguiré haciendo cada mes por importes similares pero igualmente para consumo propio.
Deberia darme de alta en el Roi?
Muchas gracias
Un cordial saludo
Hola Nuria, bastaría con que pagues el IVA del país que te vende. Si no te cargan IVA, es un error.
Buenas noches,
Mi caso es al revés. Soy una traductora autoempleada viviendo en el Reino Unido. He ofrecido un servicio a una agencia de idiomas en España. Me mandan trabajo por email, lo completo y lo devuelvo por email. La agencia requiere en mis facturas un número intracomunitario.
Aquí en el RU estoy registrada como autoempleada y declaro mis impuestos aquí. ¿Es simplemente cuestión de obtener un número de la Agencia Tributaria para incluírme en el registro del ROI, o debo rendir impuestos a España or declarar en España, o hacer algo más?
Concretamente, ¿los miembros del ROI no españoles, pagan IVA?
Mientras tanto, sin mi número, la agencia no me paga.
Muchísimas gracias por tu atención. El tema que se me ha hecho muy confuso.
Atentamente,
Ana
Hola, Ana:
¿Lograste resolver tu duda? Ahora mismo estoy en tu misma situación. Soy una traductora autónoma en UK y no me entero mucho de cómo facturar a España.
Gracias,
Patricia
Hol Patricia y Ana:
Mi situación es muy similar. Presté un servicio a un cliente en España y ahora no sé como facturar.
No tengo obligación a registrarme en el VAT, y no se si sea obligatorio registrarse en el ROI, pero desearía no tener que hacerlo.
Por otro lado tengo entendido que con enviar la factura sin VAT y un Certificado de Residencia (CoR), el cliente debería poder declarar en España que los impuestos de este servicio se pagarán en Reino Unido.
Aún así mi cliente sigue pidiéndome registros de VAT o de ROI.
Alguien puede ayudar con este tema??
GRACIAS!
Hola Aldo, gracias por tus comentarios
Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Buenos días,
Como muchos, he llegado aquí por un tema que me trae de cabeza desde hace algún tiempo, a ver si me podéis ayudar 🙂
Somos una S.L. y desde hace un poco más de un año vendemos a una empresa de Rumania. Les vendemos con IVA español porque no están dados de alta en el vies (nosotros si), me dicen que prefieren pagar el IVA español porque la burocracia en su país es muy compleja. Es una relación comercial estable, en la que mensualmente hacen pedidos de 500-600€.
Me han recomendado que, al ser relación comercial estable, les insista en que se den de alta en el vies, pero tengo miedo de que no quieran y dejen de comprarme, aunque tampoco quiero meterme en lios con Hacienda, por supuesto. Podemos tener problemas por venderles así? Hay límite en ventas intracomunitarias con IVA?
Muchas gracias por vuestra ayuda y felicidades por el post!
Anna
Hola Anna, es obligatorio que vosotros estéis dados de alta en el ROI. Para ellos es más que recomendable, sino nunca se podrán deducir el IVA. Saludos!
Buenos días,
Una duda, si esta empresa o cualquier otra factura con IVA español cuando vende a cualquier país del TAC, no es obligatorio estar en el ROI no? De hecho la AEAT estará muy contenta de que facturemos ese IVA que no sería necesario estando de alta en el ROI y que entre en las arcas.
¿Es esto así? Muchísimas gracias. un saludo!
Hola Francisco, se debe facturar con IVA, como comentas. El problema es que bastante clientes europeos sin el ROI a veces no te contratan, ya que soportarían un IVA dificilmente deducible en sus países
Hola, buenas..quiero trabajar en compra y venta, comprar productos a mayoristas y fabricantes aqui en españa para revenderlos a tiendas minoristas en francia actuaría como un intermediario, que trámites conllevaria que tipo de IVA corresponde? Aquí me han dicho que dándome de alta como autónoma ya puedo facturar pero no lo tengo muy claro. Tambien debo darme de alta en el ROI? Gracias de antemano.
Hola Rocio, efectivamente es obligatoria el alta en el ROI, ya que se trata de una entrega intracomunitaria de bienes, tal y como lo explicas.
Buenos días: Soy un empresario individual que estoy incluido en el régimen simplificado del IVA en la actividad de hostales. Me dicen que el IVA de las facturas de booking por las comisiones que me cobra esta empresa tengo que declararlas y pagarlas y no entran dentro del computo de la cuota derivada del régimen simplificado. Tenéis alguna/o noticia de esto
Hola Lorenzo, es correcto, hay que liquidarlas en un modelo diferente.
Hola! Enhorabuena por el post! He estado leyendo las preguntas anteriores, pero nadie habla de lo que pasa en la empresa para la que trabajo.
Tenemos relaciones laborales con varias empresas europeas, por lo que a la hora de emitirles las correspondientes facturas, les pido siempre el nº de operador intracomunitario. El problema es que, en muchos casos, al comprobar ese número en la página de VIES (la que pones el enlace en el post) me aparece como que les consta, pero si después compruebo ese mismo proveedor en la web de la AEAT me aparece que no les consta… ¿No están coordinadas? Lo lógico sería que si me aparece como correcto en la de VIES debería salir igual en la de la AEAT, ¿no? A la hora de presentar los modelos no tendremos problemas?
Gracias de antemano y un saludo!
Hola Keka! Normalmente daría más credibilidad a la página del Vies.
Hola
tengo una duda,
si una fabrica en españa, me fabrica un producto X, y me factura el IVA.
yo ese mismo producto se lo vendo a una emprsa en europa, por ejemplo alemania.
La empresa alemana me pide que le quite el IVA.
¿como hago con hacienda?, como recupero ese iva que yo he pagado, pero que no lo puedo cobrar a la empresa de alemania?
gracias
Hola, buenas tardes.
Tengo una empresa en España. Estoy trabajando en un proyecto de compra y venta de Aceites. Mi proveedor está en USA pero el origen del aceite es China. Mi cliente esta en España y el producto tiene que ser entregado en Portugal. Compramos CIF y Vendemos CIF. En este caso la factura de mi proveedor es sin IVA y entiendo que el IVA de importación a España lo pagará mi cliente junto con otros aranceles. Por lo tanto entiendo que debo facturarle a mi cliente sin IVA. Esto es correcto? Aunque mi cliente esté en España? Necesito estar dado de alta en el ROI también?
Muchas gracias!
Hola Mariano, gracias por comentar! Este tipo de consultas que requirirían un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Tengo un cliente Ingles, pero la mercancía que el me vende debo enviarla a un almacen en Francia. En este almacen Frances la mercancía permanece hasta el momento que mi cliente de Inglaterra necesita el producto. El producto lo recoge en Francia ( Almacen) y lo vende en Inglaterra. Como debo declarar este movimiento para no tener problemas. Gracias
Hola Jose Luis, gracias por participar con tus comentarios! Este tipo de consultas que requirirían un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Gracias!
Hola,
Entonces si tengo una venta a un país europeo que no esta registrado en VIEs y emito una factura con IVA, como declaro este iva?? Junto con el iva español de operaciones comunes?
Gracias! Un articulo muy util!
Hola Eli, efectivamente, si se vende un producto español a un empresario que no consta registrado en el VIEs, se trata como una venta normal sujeta a IVA. Gracias por tu lectura y participar!
Hola,
excelente artículo,
no obstante comentaros que como autónomo efectuaré algunas compras de productos a Reino Unido.
no estoy de alta en el ROI por lo que no tengo número VAT,…
igualmente puedo deducirme el IVA con el modelo 360 u otro?
en caso negativo, lo puedo declarar todo como gasto?
muchas gracias por su tiempo,
Saludos
Dani
Hola Dani, si está convenientemente justificado mediante factura, no hay problema en que te deduzcas todo como gasto. El IVA de otros paises en tu caso no será deducible, el modelo 360 esta más relacionado con gastos de ferias, exposiciones, manutención, etc en países europeos.
Buenas! Hoy he ido a darme de alta en el modelo 036 para trabajar como Internet Ads Assessor. Mi función es optimizar los resultados de los usuarios en un buscador. Hasta donde tenía entendido, al cobrar cantidades bajas (300-400€ al mes) sólo debía rellenar el modelo 037, darme de alta en el IAE y trimestralmente pagar el IVA sin tener que darme de alta de autonomo por las cantidades que voy a manejar. Hoy he ido a Hacienda y me han hecho rellenar el modelo 036, y aparte de entregar trimestralmente el modelo 130 de IRPF, me han dicho que también tengo que rellenar el modelo 349, que no había leido nada por internet. La empresa para la que trabajo está en Irlanda y exenta de IVA. Tengo que darme de alta en el ROI? porque lo han hecho, sino para ir lo más pronto posible y darme de baja.
Gracias de antemano, saludos!
Hola Jose Antonio. El alta en ROI es para que ahorres el IVA
Hola buenas.
Conozco el caso de una empresa de servicios deportivos.
Compra con IVA intracomunitario productos de nutrición a Italia. Recibe una factura sin IVA.
Recibe una transferencia del cliente que encargó los productos por un valor mayor del precio de los productos; puesto que la empresa busca un margen.
Mi dudas son:
1) la empresa tiene que:
a) declarar el IVA intracomunitario de la factura de Italia.
b) declarar el IVA por la transferencia del cliente (pese a que el cliente no solicitó factura).
c) declarar ambos.
2) con respecto a la transferencia que recibe la empresa, ¿tiene que pagar el 25% del margen que supera al precio real de los productos, o como ha habido dos movimientos y el cliente no solicita factura (un pago efectuado por la empresa y una transferencia recibida del cliente) tiene que declarar el 25% del IS con respecto al total del ingreso que recibe?
MUCHAS GRACIAS.
Hola Rodrigo, gracias por participar. Este tipo de consultas que requirirían un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Hola,
Enhorabuena por el articulo. Tengo una duda:
Me he dado de alta como autónomo recientemente pero no estoy registrado en ROI por ahora. Para poder ejercer mi actividad, pago por servicios a empresas como Adobe, Google, Facebook, etc. Estas empresas me emiten facturas con el IVA de España (21%).
Para poder deducir e IVA, es necesario estar dado de alta como ROI ? O es posible declarar las factura como si fueran de España ?
Si es necesario darme de alta como ROI, entonces me imagino que al especificar mi numero intercomunitario, se me emitirán las facturas exentas de IVA, verdad? No obstante, debería declarar estos gatos (aunque no tengan el IVA aplicado) ?
Gracias.
Hola Jorge, según los últimos cambios en la normativa IVA referente a servicios electrónicos, es correcto que te cobren con el IVA español y ese IVA es deducible.
Buenos días, gracias por vuestro artículo.
Tengo una duda: si mi actividad está exenta de IVA en España, también tengo que darme de alta en el ROI para facturar en Francia, por ejemplo? Esto no me obligaría a hacer declaración (modelo 303)? Gracias de antemano por vuestra respuesta. Julia
Hola Julia, gracias por tus comentarios
Este tipo de consultas que requirirían un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Hola, me ha encantado el articulo.
Yo tenia una pregunta muy concreta, he montado una tienda fisica en Madrid y estoy comprando articulos en Belgica.
Presenté hace un mes el modelo 036 para el ALTA en el ROI pero aún sigo esperando, con lo que desde la empresa Belga me están facturando con IVA. mi pregunta es la siguiente: ¿una vez reciba la mercancía debo autoretenerme el IVA español? de ese modo estoy pagando el IVA dos veces…
No entiendo muy bien el funcionamiento como operador intracomunitario y le agradecería mucho me lo pudiera aclarar.
Un saludo y gracias
Buenos días Juan,
Nos alegra que te haya gustado! 😀
Suponiendo que te estén cobrando el tipo de IVA vigente en Bélgica ese IVA no es deducible, solamente se puede descontar en el Impuesto de Sociedades o Renta como mayor gasto. Una vez estés registrado como operador intracomunitario os facturan sin IVA, pero hay que declarar esas compras en España (sin pagar por ellas).
Buenas tardes:
Lo primero felicitarte por el artículo, es el que mejor explica el tema de los que he visto por internet.
Estaba pensando en darme de alta en el ROI, pero visto lo visto, creo que para lo que he comprado no me merece la pena.
Tengo una pregunta en cuanto a como incluir el IVA en modelo 303.
En mi caso solo he comprado un programa por internet a Francia y he pagado 242€ (de los cuales 42€ son el 21% de IVA). ¿Puedo poner esos 42€ como IVA deducible?. si no es así ¿debo poner esos 242€ como coste total de facturación y 0€ como IVA deducible?
Muchas gracias por adelantado
Patricia
Hola Patricia,
Gracias por tu lectura. Nos alegra que sirva de ayuda en este tema tan enrevesado. El IVA francés no es deducible en el modelo 303, pero si podrás quitarte el total de gasto de los 242 euros
Hola buenos dias
estoy preocupada pues acabo de abrir una peluqueria recientemente. Estoy dada de alta legalmente en todo, autonomos, hacienda…Pero mi duda surge cuando acabo de promocionar un anuncio de oferta de corte de pelo durante 7 dias a traves de Facebook. Para ello logicamente he tenido que pagar, concretamente 9 euros. La sorpresa me la llevo cuando en la casilla de facturacion me pide Número de IVA de la UE!! Que es eso?? Debo darme de alta en algo en concreto para esto? O lo dejo en blanco?? Que repercusiones de cara a hacienda me puede traer?? no me gustaria que por un gasto de 9 euros ahora me volvieran loca..
un saludo y gracias
Hola buenos días
Vamos a crear en Enero 2016, una S.L. para comercializar vino de mesa en U.E., conozco los trámites para darse de alta en ROI, pero mi pregunta es :
El iva de las compras en España a las Bodegas , es del 21 %, , y hay que pagarlo en España , nosotros vendemos sin Iva,
Cuando recuperamos el iva soportado. ??
Es aconsejable acogerse a la declaración mensual del Iva ??
Están tardando mucho tiempo en devolverlo ??
Espero su comentario
gracias
Hola Juan, gracias por tus comentarios
Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Buenas tardes,
Soy empresa una S.L., y hemos comprado en diciembre 2015 a Holanda 30 fotos para publicidad a una NL Cooperatief U.A., importe 39,20 EU. Nos han emitido factura sin IVA. No estamos inscritos en el ROI.¿ Debemos declararlo en el mod. 303 y el mod. 349?
Hola Margarita,
Lo correcto realmente es que se vuelva a emitir la factura con el IVA, no deducible en España
HOLA, YO LLEVO INTENCION DE COMPRAR UN TRACTOR EN FRANCIA. SI EL IVA FRANCES ES IGUAL QUE EN ESPAÑA, CREO QUE NO ME MERECE LA PENA HACER DE OPERADOR INTRACOMUNITARIO.YO EL IVA NO ME LO PUEDO DESGRABAR. LO UNICO QUE EL GOBIERNO ESPAÑOL QUERRA QUE PAGUE EL IVA EN ESPAÑA PARA RECAUDAR.
EN 2009 SE ME DI DE ALTA DE OPERADOR, PERO PORQUE EN FRANCIA ERA EL 19.6 % Y EN ESPAÑA EL 16%. ESO SI EN CUANTO LO SOLICITE EN HACIENDA EN ZARAGOZA ME LO DIERON ECHANDO LECHES.
Estoy esperando a que me aprueben en el ROI, pero mientras estoy haciendo compras, pagando el iva del pais de origen. Quería saber si hay efecto retroactivo hasta la fecha en que hice la solicitud. ¿Es algo que se puede arreglar con la empresa a la que compro? o la unica solución es pedir la devolución en el país de origen?
Hola Valen, gracias por tus comentarios
Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Somos una asociación sin ánimo de lucro, hemos contratado una artista y nos pide el IVA de Holanda, nosotros en España estamos exentos. Se paga? Como nos lo devuelven?
Saludos
Buenas tardes y enhorabuena por el post, mi duda es la siguiente:
Si una empresa domiciliada en España, vende a otra Portuguesa (ambas con NIF intracomunitario) pero la mercancia va desde el almacen del vendedor (España) hasta otro almacen de la empresa portuguesa en España y posteriormente ya llega a Portugal (este ultimo transporte ya va a cargo de la empresa portuguesa), ¿la operacion se entenderia como intracomunitaria? o en caso contrario ¿deberia emitirse con IVA español ya que la entrega se entiende en el mismo pais?
Me gustaria apuntar, que la empresa portuguesa tiene el CMR que acredita el transporte de la mercancia de España a Portugal.
Si puedes indicarme los articulos o consultas en las que te basas te estaria muy agradecido.
Muchas gracias.
Hola Kiko, gracias por tus comentarios
Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Hola,
Gracias por la ayuda de antemano.
Soy un autónomo que no presta servicios en Europa, pero si que compro en el continente, por ejemplo publicidad en Facebook Ads. Resulta que no tengo el ROI y por el momento creo que no lo necesito. El caso es que al revisar las facturas de Facebook me he dado cuenta que vienen sin IVA, yo no les he facilitado número de ROI ya que no dispongo de él, y yo pensaba que me estaban cobrando el IVA, nunca me he deducido la publicidad como gasto.
¿Qué debo hacer con estas facturas? ¿Debo declararlas en algún modelo para pagar ese iva para no tener problemas?
Y una última pregunta, presto servicios fuera de Europa (Latinoamérica) al ser fuera de Europa no hay IVA, debo declarar los beneficios en el 303, pero mi gestor dice que tengo que presentar también el modelo 349 ¿porqué si no es una operación intracomunitaria?
¡Gracias!
Hola David,
En el caso de Facebook Ads debieron emitirse las facturas con el IVA del país de origen.
Respecto al comentario de tu gestor es equivocado, no se puede presentar 349 con operaciones a terceros países (fuera de UE)
Tengo una duda en la que espero me puedan ayudae. Este año tendría que dar unos cursos de formación en Austria y la empresa para la que doy el servicio me dice que en la factura no debo repercutir ni IVA ni IRPF, estos servicios suponen una cuantía inferior a 3000 €. Yo no soy autónomo, ¿debo darme de alta en el ROI?? De qué manera debo declarar estos ingresos??
Muchas gracias por su tiempo
muchas gracias por vuestros comentarios. Me han encuadernado un protocolo notarial y me envian una factura con el 23 % de iva portugues . ( el encudernador es portugues ). Entiendo que la desgravo en el modelo 130 por el importe total, y me olvido del modelo 303 y 349. Correcto?. Muchas gracia, Carmen
Hola ,
Las empresas de Canarias tambien deben tener el cif intracomunitario?, si compran a Empresa de fuera de Espana.
Hola, enhorabuena por el articulo y gracias por compartirlo.
El 1 de Enero de este año he empezado a trabajar online para una empresa europea que ya está dada de alta en el ROI.
Me he dado de alta en el IAE y he solicitado el alta en el ROI, pero Hacienda todavía no me ha comunicado la resolución.
¿Puedo emitir la primera factura sin IVA?
Gracias
UN saludo
Hola Reyes, nos alegra que os sirva de ayuda!
Es una pregunta muy recurrente. Normalmente recomendamos que se emita sin IVA si razonablemente se puede justificar con documentación la realidad de la actividad, dado que el alta se obtiene de forma retroactiva al día en el que se solicitó la inclusión en el ROI.
Hola, en mi caso estoy residiendo en Alemania y aquí estoy dada de alta. Estoy realizando encargos de traducción para una empresa francesa. En Alemania no tendría que pagar IVA porque gano menos de 1700 euros mensuales. ¿Qué debería hacer?
Hola,
enhorabuena por el artículo, me ha sacado de algunas dudas pero me queda una.
Soy traductora, ya he solicitado el registro en el ROI pero aún no me han facilitado el número VAT, estos días me ha salido un trabajo en el que la otra empresa italiana sí que está dada de alta. ¿Tengo que hacerles la factura con IVA español o podría esperar a que me asignen el número para enviar la factura?
Muchas gracias
Isabel Lopez
Hola Isabel, podrías aplicar la respuesta de Reyes. Gracias por tus enhorabuena!
Muchas gracias por el articulo, ha resuelto muchas dudas que tenia.
Te comento mi ultima duda, actualmente estoy comprando fuera de España, es mas, en diciembre de 2015 presente el alta en el ROI, y sin tenerla tuve que comprar unos 8000€ fuera de España.
La empresa acepto mi cif +ES como valido y me vendió.
¿Tendría que declararlo? o esperarme a que me den de alta en el ROI? ¿Que problemas podría tener? ¿Que debería haber hecho?
Muchas gracias por tu tiempo!
Eduardo.
Hola Eduardo, gracias por tus comentarios!
Se aplica lo mismo que a los casos anteriores. Recomendamos declararlo tal y como está en la factura (sin IVA), ya que suponemos que ya tienes el alta en el ROI, aunque es sorprendente que por esas cantidades hayan emitido las facturas sin IVA sin estar validado tu número en el ROI y registro VIES.
Hola.
Tengo una SL y pretendo vender productos a Portugal a consumidores finales a través de una tienda online. Para ello, ¿tengo que cobrar el iva o no corresponde que lo paguen? ¿Tengo que cobrar el iva por el transporte?
Buenas, lo primero dar las gracias y enhorabuena por el artículo y el blog, ya que sirven de mucha ayuda para el autónomo y pequeño empresario. Este Enero me he dado de alta como autónomo, y he realizado compras a un proveedor francés por valor de 3000€, dichas compras las he pagado sin IVA (ni francés ni español), ahora dicho proveedor me reclama que le abone el importe del IVA por no estar inscrito en el ROI. Aquí surgen mis dudas, porque pese a leerme todas las respuestas no me queda claro, si le pago el IVA dicho IVA es deducible? Si me inscribo en el ROI hay alguna manera de ahorrarme ese IVA que voy a pagar aunque sea con caracter retroactivo?
Saludos y gracias por la labor que haceís.
Hola Simón,
Ese IVA francés en principio no será deducible. Normalmente el alta en el registro ROI no tiene carácter retroactivo, pero si te la conceden rápido quizás puedas incluir esas compras a Francia si aún no has abonado el IVA francés.
Excelso artículo. Enhorabuena
Somos una SL dada de alta en el ROI, que estamos haciendo una obra en UK.
A mi cliente inglés no le facturo ni IVA ni VAT
Tengo proveedores españoles para esta obra que me facturan sin IVA , pero tengo también proveedores ingleses que me cobran el VAT
Debo pagar ese 20 % de VAT o no?
Gracias.
Hola Pedro, gracias por su lectura. Habría que atenerse a lo que diga la legislación inglesa de VAT. Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Hola buenas, muy buen artículo, muchas gracias por informarnos.
Otra cosa, tengo una duda con el tema del EU-VAT . Me acabo de dar de alta como autónomo con actividad empresarial, producción cinematográfica y de vídeo. En mi actividad suelo comprar material técnico por internet a paises de la unión europea, ebay.. y de productos digitales y licencias de otros profesionales, como puede ser licenciar una canción o un vídeo, template de after effects.. en comunidades de profesionales. Mi duda es si debo darme de alta en el ROI y estar exento del iva intercomunitario o si puedo declarar el IVA de la factura que me hayan impuesto como si fuera aqui en españa.
Si por ejemplo compro por ebay una nueva cámara de video, y me facilitan el VAT del pais en cuestión ( ¿ o me tendrían que facilitar el EU-VAT ?) , puedo declarar ese impuesto en la factura como si fuera IVA español ? como si la hubiera comprado aquí ? o es necesario registrarme en el ROI ?
¿ Si por ejemplo licencia una canción para un vídeo, o cámara, micro, fuera de la unión europea ? incluyo el tax de fuera y ya está ?
¿ Para que sea legal es obligatorio el registro como operador intercomunitario o puedo recibir y emitir iva a paises de la EU como si estuviera operando en españa, a efectos de la declaración del IVA trimestral ? me vale que declare el IVA del pais de la union europea ?
Muchas gracias.
Gracias por leernos Carlos! Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Buenas tardes.
A ver que tengo un lio increible.
El trabajador está dado de autonomo en España y trabaja en España con el modelo 037. Pero la empresa a la que factura tiene el domicilio fiscal EEUU. Me dice que no tiene que pagar IVA pero si tiene que pagar el 19% de IRF (trimestral imagino con el modelo 130 y 303) Ahora bien. No está dado de alta como ROI, xq puede tb trabajar en algún caso para alguien que requiera sus servicio.
Yo no sé si esto lo hemos hecho bien.
Que buen articulo, Muy buenos días soy Artesana (Orfebre) Autónoma y voy a participar en una feria en Francia, es una feria puntual, o sea dura ocho días y ya… alguien me ha dicho que debo darme de alta en hacienda en Francia …es verdad???? y si es así donde encuentro información al respecto… podría ayudarme????? yo tengo el numero intracomunitario
Gracias
Efectivamente María, te deberías dar de alta como sujeto pasivo de IVA en Francia en condiciones normales.
hola, una pregunta..
Hoy me he dado de alta como autónomo y he solicitado el alta en el ROI con el modelo 036, con el pago trimestral de IRPF. (no modulos).
Vamos a comprar al por mayor a mayoristas europeos (ropa). Me piden el ID VAT para no cobrarme el IVA, y si no lo tengo me lo tienen que cobrar. Mi pregunta es…. que beneficios hay entre comprar con Iva o no? Aquí luego hay que declararlo de alguna forma? Al cliente final si hay que aplicarle el IVA español? si se le aplica el IVA español pero tu compras sin IVA…. hay algo que no me cuadra… me puedes ayudar??
mil gracias
Hola Emilio, gracias por tus comentarios
Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Mi consulta es la siguiente: un cliente intracomunitario no esta inscrito en el VIES, por lo tanto le aplicaré el IVA del 21% en factura, pero la duda es: debo aplicar tambien el Recargo de Equivalencia o nó ?
Hola Daniel, el recargo se deberá aplicar a personas físicas que estén dadas de alta como minoristas en las actividades económicas correspondientes.
Enhorabuena por el artículo; resulta de gran ayuda.
Mi pregunta es la siguiente, una empresa española que efectúa compras en Europa, ¿ Está obligada a darse de alta en el ROI o es discrecional?
¿ Podría Hacienda sancionar en el caso de que no se diera de alta y realizara exclusivamente adquisiciones intracomunitarias?
Muchas gracias.
Hola Ana, resulta obligatorio por Ley, distinto es que se compren cantidades muy pequeñas y de forma ocasional; en ese caso lo normal es que no pase nada.
Buenas tardes. Enhorabuena por el post.!!
Mi duda es la siguiente.Soy parte integrante de una sociedad civil.Como distribuidores de bebidas, queremos vender a varios comercios y distribuidores franceses. Tenemos obligación de darnos de alta en el ROI? Facturamos con IVA español? Facturamos sin IVA? Y si compramos en Francia para vender aquí?
Muchas gracias y un cordial saludo
Buenos días Enrique,
Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Buenos dias,
Tengo una consulta, nuestra empresa esta de alta en el ROI, pero tenemos un problema con un cliente en londres, porque al parecer ellos no están registrados como operadores intracomunitarios y nos ha llegado notificación de hacienda diciendo que el cif de esa empresa en londres no es correcto. (No lo esta porque descubrimos que no están el listado de operadores intracomunitarios). Que debemos hacer ahora?.
Muchas gracias.
Buenos días Rocio,
Normalmente abonar la factura, volverla a emitir con IVA y comunicar a hacienda este hecho
Buenas tardes, genial articulo, la verdad es que es un lío y los explicáis genial. Pero me queda una duda, vinedolo desde un punto de vista distinta, si empresario español alta vies recibe una factura sin aplicar IVA por prestación de servicios en italia, y ese italiano no es alta vies, sería incorrecto, ¿verdad?. ¿cómo hay que actuar?. Un saludo…gracias por los articulos
Hola Gloria, muchas gracias. Similar a la respuesta anterior. Saludos.
Buenos dias, Gracias por este Post que viene muy util. Al respecto tengo una pregunta concreta:
Soy Autonomo y estoy dado de alta en ROI. Mis operaciones intracomunitaria se refieren a la compra de un Software de una empresa italiana para venderlo en España. La empresa italiana tambien esta registrada al ROI y recibo las facturas sin IVA mientras que yo aplico la iva a mis clientes en España. Hasta aqui todo es correcto como tiene que ser.
La duda es para este caso concreto que voy a describiri:
A la misma empresa Italiana tengo que factura un importe debido a varios Servicios ( como traducciones de manuale del mismo software y como intermediacion en un venta a un cliente español).
Tengo que enviar factura con Iva Español u sin IVA.
Muchas Gracias
Hola Rafa, gracias por tus comentarios
Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Hola, excente artículo!
Soy autonomo y pretendo importar vehiculos de Alemania para su venta. He hecho la consulta a 2 asesores distintos de aqui y cada uno me dice una cosa….¿ Cuales serian los pasos exactos respecto al IVA en la compra de automoviles de Alemania, tanto a compraventas como a particulares?
Muchas gracias
Hola Chrys, gracias por tus comentarios
Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Muchas gracias por el artículo,
tengo varias dudas para nuestra empresa.
Somos una plataforma online que Operamos en Alemania con un CIF alemán y subcontratamos los trabajos a realizar a empresas/autónomos de otros países.
Por lo entendido hasta ahora, a nuestros partners en España con realizar el proceso VIES y completar el ROI sería suficiente. Se aplicaría a sociedades y autónomos.
Mi primera duda sería si los autónomos que tributan trimestral (por módulos) tendrían algún problema? funciona igual para ellos?
Si ya han hecho trabajos para nosotros es retroactivo o van a tener que pagar el IVA también ellos de los trabajos realizados? (con lo cual pagaríamos dos veces, el IVA, ellos y nosotros el impuesto alemán)
Mi segunda pregunta, mi empresa también tiene que estar dada de alta en algún ROI alemán para poder pagarles?
Un saludo y gracias por la ayuda
Hola Enrique, gracias por tus comentarios
Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/. Saludos!
Buenos días, estoy montando una empresa pero aún no soy autónomo, lo seré en un par de semanas, de momento me gustaría ir trayendo productos para tener en la tienda para el día de la apertura tenerlo todo en stock.
Si por ejemplo compro a una empresa de Polonia y lo compro como particular, obviamente me cobran el 21% de IVA, pero esos productos puedo venderlos en mi tienda?
Estoy algo perdido.
Muchas gracias.
Hola Antonio, por supuesto que podrás venderlos, pero te recomendamos que des una alta previa en IVA mediante el modelo 036
Buenas! Soy fotógrafo y compro álbumes a otro país ( Portugal con 23%)no estoy dado de alta en los servicios intercomunitarios. En su día me dijeron que daba un poco igual ya que aunque me vinieran esas facturas sin iva luego tendría q pagar aquí ese 21%. Es correcto? Recomendáis darse de alta en intercomunitario ? O asumir directamente ese 2% extra? Muchas gracias!
Hola Stone. Sería recomendable que te des de alta en ROI ya que el IVA intracomunitario es deducible por inversión del sujeto pasivo y el IVA portugués no lo es.
Buenas,
En mi caso estaba dado de alta en el ROI, pero como voy a cerrar la empresa he decidido darme de baja.
En mi expediente de la agencia tributaria pone de nuevo que tienen que hacer «Comprobación censal – Gestión y control del ROI».
Mi pregunta es, ¿van a venir de nuevo a mi domicilio al igual que hicieron cuando me di de alta?
Comprueban en las oficinas de la empresa tanto las altas como las bajas?
Un saludo!
Hola Álvaro, en principio no deberían comprobar y te darán la baja de oficio.
Hola, buenos días.
Gracias por vuestra ayuda.
En mi caso soy autónomo con tienda fisica, pago con Recargo de Equivalencia y tengo un proveedor frances.
Al principio me facturaban con el 20% de su IVA ya que yo no era Operador Intracomunitario, ahora sí lo soy.
En este trimestre tengo 3 facturas de unos 600€ con IVA y otra sin IVA.
Por lo aquí leido de casos anteriores, no tengo que tributar por las operaciones anteriores pero sí debo declararlas al final del año con el Modelo 349. ¿Es correcto?
Ahora me facturan sin IVA pero no sé si debo presentar el Mod. 309 cada trimestre para pagar aquí el IVA más el Rec.Equivalencia o puedo hacerlo junto con el 349 a final de año.
No sé si hice bien en hacerme Operador Intracomunitario o no hubiera sido necesario.
Gracias una vez más.
Hola Oscar, los empresarios sujetos a recargo de equivalencia deben ingresar el IVA más el recargo de sus compras intracomunitarias mediante el modelo 309
Hola buenas tardes, primero queria felicitaros por vuestra pagina
mi duda es la siguiente: somos una empresa radica en españa que ha comprado un almacen en francia para depositar material alli y tener mejor acceso en nuestras rutas. No se ha contratado a nadie. Las facturas que nos han emitido el vendedor vienen con iva de su pais. Quisiera saber si hay alguna opicion de poder recuperar ese iva. He leido que exite el modelo 360 pero no se si seria el correcto para este caso.
muchas gracias
Hola Jorge, gracias por leernos. Mediante el modelo 360 no sería la forma. Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/
Saludos!
Buenas y enhorabuena por el artículo, es de los pocos que arroja un poco de luz sobre el tema.
En mi caso soy periodista y escribo articulos especializados para una empresa portuguesa. Me he dado de alta en el modelo 36 y he solicitado el ROI hace una semana, pero ellos me piden el VAT para poder facturar. Cuanto tiempo tardan en darmelo? He de darme de alta en autonomos tambien ya mismo? No quisiera perder 1 mes o 2 de la tarifa plana de 50 euros, ya que voy a tener pocos ingresos.
Saludos y gracias!
Gracias David! El plazo para la concesión suele estar entre uno y tres meses, por experiencia. Respecto a autónomos, cuando empieza la actividad o cobres las primeras facturas.
Saludos
Buenas y gracias por la información. Tengo una dudilla tal vez me podáis ayudar. Mientras espero a que me cedan el ROI, necesito hacer compras para poder tener actividad. Mi pregunta es, el proveedor intracomunitario me aplica el IVA de su país, ¿ también me tiene que aplicar el recargo de equivalencia? ¿ cómo me autoliquido despues el IVA español y el recargo de equivalencia?
Muchas gracias
Depende si eres autónomo en estimación objetiva o no. Es posible que debas pagar el recargo mediante el modelo 309.
buenas, me parece un gran articulo, me surge una duda, una empresa española dada de alta en el roi si compra y vende articulos dentro del mismo pais de la ue, declararia algun iva? es decir, una empresa española que compra algo en rumania y lo vuelve a vender al dia siguiente a otra empresa de rumania, pagaria iva aqui o alli? o al reves, una empresa rumana que comprara y vendiera a dos empresas españolas, pagaria iva?
muchisimas gracias.
Hola Héctor, gracias por leernos. Este tipo de consultas que requieren un estudio adicional las atendemos bajo presupuesto en la opción http://www.demesayvertizconsultores.com/asesor-online/ De todas formas, echa un vistazo a nuestro resto de artículos de operaciones internacionales.
Saludos!
Hola,
En primer lugar, enhorabuena y gracias por la publicación, de verdad, es muy aclaratoria.
No obstante, quería preguntar por un par de aspectos que han llamado mi atención:
Me hice autónomo a principios de 2014, y me inscribí en el ROI desde el principio, pues pensaba que tendría un cliente intracomunitario.
Al final no fue así, por lo que nunca he facturado a un cliente intracomunitario, ni he presentado nunca el 349, ni recibí ninguna visita de Hacienda.
No obstante, acabo de verificar mi número de IVA en VIES, y sigue activo!
Es normal? puede que esto me genere problemas en el futuro? o simplemente es que se han puesto más «estrictos» últimamente?
Muchas gracias de antemano, y un saludo.
Gracias por tus ánimos David. La verdas es que depende de la administración de hacienda de cada provincia. En Madrid por ejemplo a veces son más flexibles que en Cataluña.Nos choca que no te hayan dado la baja automática de oficio en el ROI por no realizar operaciones en más de un año. No vas a tener problemas por ello, tranquilo. Gracias a ti!
Hola! Gracias compañer@s por la información, comparto por su gran utilidad. Gracias también por hacerlo en clave distendida. La fiscalidad también puede ser divertida 🙂
Hola buenas tardes.
Muchas gracias por su articulo. Tengo una curiosidad respecto a los que tributamos en módulos. Comentas que no hay problema para darse de alta en el ROI estando en módulos. Entonces si no me falla el razonamiento y no se me escapa nada por mi ignorancia en el tema, puedo comprar productos en el mercado europeo sin que se me adjudique el IVA del país en concreto y cuando recibo la mercancía, como tampoco tengo que tributar lo que compro porque estoy en módulos, tampoco pago el IVA español. ¿Esto no es ilegal o es una competencia desleal de empresas intracomunitarias respecto a las españolas que si estan obligadas a vender con iva?.
Gracias y un saludo!
En Recargo de equivalencia deberás pagar el IVA más el recargo mediante el modelo 309. Saludos
Hola buenas, mi consulta es la siguiente.
Voy a comprar un coche de Alemania a través de un compraventa profesional.
El tema esta que el compraventa compra el coche como operaciones intracomunitarias ósea que no paga el iva en Alemania .
El compraventa tan pronto le llegue el coche y pase la itv lo matrícula a mi nombre directamente y me lo vende.
Mi pregunta es sobre qué tipo de iva tendré que pagar yo sobre la factura que me haga el compraventa o que tipo de iva tiene que salir reflejado en la factura que dicho compraventa me entregue una vez le realice el pago .
Desconozco si en la factura debería indicarme su número de operaciones intracomunitarias ya que ellos compraron el coche con ese método.
Gracias de ante mano! Un saludo y felices fiestas.
Buenos días, y enhorabuena por el articulo.
Mi duda es la siguiente,
Hemos hecho una compra a un proveedor de los Paises Bajos.
Nuestra empresa esta inscrita en el ROI pero por lo visto la de nuestro porveedor no, ya que, nos ha mandado la factura con el IVA aplicable en los Paises Bajos.
Podrían indicarme como tengo que contabilizar esta factura y como debería declararla en los modelos 303, 340 y 349 de IVA.
Gracias y un saludo.
Gracias María, depende del tipo de compra realizada. Hay muchas variables. Lo normal es que no se deba declarar si se ha sujetado a otro IVA europeo
Hola. Gracias por el artículo y por las respuesta a las dudas que tenemos. La mia es la siguiente:
Mi empresa a finales de diciembre ha comprado por internet un equipo informático y detrás de esa web había una empresa alemana. Nosotros no estamos dados de alta en el ROI y la factura que hemos recibido lleva el 19% de IVA.
Ahora no se si darme de alta en el ROI y después declararlo en el 303 y 347, pero entiendo que debería pedir entonces la rectificación de la factura para que no llevara IVA y pedir el abono del mismo. Pero veo que este camino no es muy viable por lo último. Si no me hacen el abono no tiene mucho sentido todo el proceso, o si? ¿Cómo seria la mejor forma de hacerlo?
Muchas gracias
Una aclaración: En vez del modelo 347 queria decir 349
Tambien aclarar que ni nosotros ni el proveedor está en el ROI.
Si al final lo mejor fuera no declararla, como quedaria el asiento contable? Inmovilizado contra caja y ya esta?
Hola Juan, mejor por esta vez soportar el IVA alemán y pedir el ROI para un futuro. No se puede declarar en el modelo 303 al ser IVA alemán.
Muy buenas.
Somos una S.L. que silicitamos el alta a mediados de Octubre ya que compramos a Belgica un camion de unos 17000e, hara 3 meses de la solicitud en breve y aun nada… tendriamos alguna otra opcion para traelo o algun sitio dnd nos dijeran en que situacion se encuentra nuestra solicitud??? Muchas gracias
Buenas tardes!
En primer lugar agradecerles por el articulo, muy interesante y muy util!
Me quedo con una duda que espero puedan resolver:
– Si mi cliente es una asociación en Francia que no esta inscrita en el ROI, a la hora de presentarle factura (venta de espectáculos en este caso), cual es el IVA que se aplica? El 21% español o el IVA frances?
Gracias de antemano por su ayuda!
Saludos
Hola Lou, tendríamos que analizar el tema con detenimiento basándonos en vuestros estatutos, donde se ha realizado la operación efectivamente, etc. Por favor, si deseas hacer el estudio, envíanos un correo desde el botón de presupuesto online. Gracias por leernos.
Buenos días,
quiero realizar una compra de mercancia a Italia por un importe bajo de aprox. 400€, mi sociedad no esta dada de alta en el ROI, sin embargo el proveedor italiano me ha enviado una factura proforma la cual no lleva IVA, tampoco me ha preguntado por mi CIF intracomunitario ni si estoy o no dado de alta para operar.
Mi pregunta es, tendría yo algun problema si llegara a pagarles esta mercancía que no tiene ningun IVA o la responsabilidad es del proveedor que debería de comprobar si lo esta haciendo bien?
Espero vuestra respuesta, un saludo.
Hola Verónica.Pide la factura con el IVA italiano. saludos!
Hola! Lo primero de todo, enhorabuena por la gran explicación de un tema tan complejo.
Mi duda es simple. Tengo una empresa dedicada a la venta de productos por internet con domicilio fiscal en España, pero vendo productos en Francia a través de un operador logístico francés (la mercancía se almacena en Francia y se distribuye al mercado francés desde allí). Le es aplicable a mi empresa el régimen especial de IVA de venta a distancia (debiendo facturar e ingresar el IVA local francés solo a partir de 35.000 euros de ventas) o es aplicable desde la primera venta el régimen de IVA francés por estar la operación de venta y envío realizada íntegramente en Francia?
Gracias de antemano y saludos
Hola, trabajo en una empresa española que se dedica a la concesión de microcréditos a particulares residentes españoles. Por la actividad , estamos exentos de Iva. facturamos sin iva y las facturas recibidas españolas con iva no las podemos desgravas y suponen por tanto mayor gasto,no declaramos 303-390…Pero recibimos facturas de google adwords (Irlanda), de momento sin iva y de un proveedor de servicios polaco (con Iva). El polaco me dice que para poder facturarme sin iva necesita mi inscripción en Roi.
¿puedo solicitar a AEAT mi inscripción en el ROI?, ¿me ahorrare así pagar el iva de este proveedor?.
Se puede solicitar el ROI pero si como dices tu actividad es toda exenta de IVA, tienes que ingresar esas cantidades del proveedor polaco a hacienda porque no tienes derecho a deducción.
Hola, buenas tardes y enhorabuena por el artículo y por responder tantas preguntas.
Mi duda es la siguiente. Este año 2017 hemos empezado a vender en ebay dentro de España, pero eBay nos va a enviar una factura por las comisiones de venta a nuestro cargo y esta factura vendra con domicilio fiscal en Luxemburgo y sin IVA. Somos una tienda física abierta al público bajo una CB. Presentamos nuestro 303 trimestre. Los importes son de momento muy bajos en comparación con el volumen normal de la tienda física. Tenemos que darnos de alta en el ROI? Tenemos que declarar está factura dentro del modelo 303 de forma separada? Deberíamos de presentar también el modelo 349?
Gracias por anticipado.
Hola Alfonso, gracias a ti por leernos. Alta en el ROI y declarar en el modelo 349 es obligado en vuestro caso
Buenos días… en mi caso me salta una duda. Somos una empresa, una s.l. en españa que compra en alemania pero los proveedores alemanes no están inscritos en el ROI… Sus facturas deben llevar iva, verdad?
Hola Natalia. No sabemos si vosotros estáis inscritos en ROI, pero ellos deben facturar con IVA alemán a priori
Buenos Dias, tengo una duda y creo que no estoy realizando bien los tramites.
Tengo una tienda de venta de ropa al por menor en España soy autonomo y estoy en regimen de modulos, estoy dado de alta como operador intracomunitario, osea que mi proveedor me vende sin IVA, cuando cumplo el trimestre hago la declaracion del modelo 349 en el cual estoy pagando el 21% de IVA de la compra + el 5,2% de recargo de equivalencia.
Es correcto esto?
Pongo un ejemplo:
Compra a proveedor intracomunitario por 10.000€ EXENTO DE IVA
Declaracion MOD-349 a pagar a hacienda
IVA 21% 2.100€
REQ EQUIV 5,2% 520€
TOTAL A PAGAR ——- 2.620€
Es correcto esto, o bien no debería pagar nada.
Desde ya muchas gracias!!!
Totalmente correcto, solo que se paga en el modelo 309. El 349 también lo debes presentar informativo
Si hiciese compras a Reino Unido de un producto para luego venderlo aquí en España.
¿Cuál sería el porcentaje de Iva sobre mis compras? (Para luego aplicarlo también en las ventas y no perder dinero)
Muchas gracias de antemano.
Buenos días, Lorena. Los tipos de VAT del Reino Unido son del 20, 5 y 0 %. Dependerá del tipo de producto comprado. Si estás inscrito en el ROI, como explicamos, no sería necesario que se soporten esos IVAS
Somos una tienda online de venta de juguetes. Desde setiembre del año pasado, uno de nuestros proveedores mudó su almacén al Reino Unido. Desde ese instante nos han enviado las facturas sin el IVA. Nosotros no estamos inscritos en el ROI y ahora nos dicen que nos enviarán las próximas facturas con IVA. Tienen derecho a reclamarnos el IVA de las facturas anteriores en las que nos vendieron sin el impuesto?
Somos una empresa que factura entre 3 y 5 mil euros mensuales, con márgenes de rentabilidad del 15% al 20%. Es realmente beneficioso la inscripción en el ROI?
Hola Sergio. Una u otra hacienda os puede reclamar perfectamente esos IVAs, dependiendo de los importes de las compras no declaradas. Obviamente, al no tener coste, sería beneficioso inscribirse en el ROI
Hola buenas. Queria saver si m podias ayudar. Mira compre un tractor en portugal y yo soy de asturias españa y me metieron el iva. Me lo van a devolver en españa . ??
Hola Sonia, En principio es complicado que lo recuperes
Buenas tardes,
Tengo el siguiente caso y me gustaria que pudiesen ayudar con el tema.
Tengo un cliente profesional (sed central en Francia) a quien necesito enviar material aqui en España. Pero este cliente quiere recibir su factura sin IVA. Tras hablarlo con el financiero de la empresa, él me explicó que ya que el transporte se hace localmente, es decir aqui en España, se tiene que mandar si o si la factura con IVA.
Gracias por confirmarme esto o sino explicarme cual seria la manipulación para realizar una factura sin IVA.
Gracias y Saludos,
Clément
Hola.
Este es un gran hilo y me está ayudando mucho en varios temas. Aun así, me queda una duda. Hace un mes rellené el modelo 036 y todavía estoy a la espera de recibir el número VIES. Estoy haciendo algunas cosas por Internet y muchas de la compañías me están pidiendo el número o me cargan un 20 % del VAT ID. Cuando fui a hacienda me dijeron que cada tres meses tendría que presenter el módulo 303, pero no me hablaron de los demás módulos que se está comentando (130 y 349). ¿Hace falta presentar todos? También tengo que comentar que no es venta de productos físicos sino que es promoción de otros productos de terceros. Para dar una idea, invierto dinero en Google Adwords, Bing ads, Facebook ads, etc.
Muchas gracias y enhorabuena por este fantástico hilo.
Hola Javier, en un principio se deberían presentar los tres modelos comentados (303,349 y 130). Saludos y gracias por leernos!
Hola buenas noches.Estoy un poco perdida pq esta será mi segunda declaración y estoy ya contra las cuerdas por el tiempo.Realizo publicidad cada mes en Facebook Ads,gasto alrededor de 200€ pero en las facturas no me pone el IVA y me gustaria desgravarmelo de ser posible y así me ayudo un poco pq este teimestre me salen a pagar casi 1000€ de IVA y apenas he tenido gastos.Debo añadir la base inponible del total adquirido y deducir de ahí el IVA español o simplemente no lo declaro y me olvido también de desgravarme esa cantidad como IVA GASTADO?No estoy dada de alta en ROI.Ayudadme y decirme cuál es la mejor solución. Muy enhorabuena por el excelente post!!!
Buenas tardes, primero de todo muchas gracias por el articulo.
Mi duda es la siguiente, estoy a punto de comprar unos muebles de cocina a una empresa de Londres que me la envian y yo los tengo que montar, o sea ellos solo la envian, no hacen ni el montaje, tengo que pagar su IVA o sea su VAT?
Muchas gracias
Hola Cesc, depende del caso, si eres particular o profesional.
Hola buenas tardes, me ha surgido el siguiente problema. He adquirido un vehículo en alemania y he autorepercutido el iva tanto base como cuota repercutido y soportado. Hacienda me ha inspeccionado y al tratarse de un vehículo me «quitan» el 50 % de la base y cuota del iva soportado, pero y en el mismo porcentaje de la base y cuota del iva soportado, con lo que entiendo existe un enriquecimiento injusto por parte de a Administración Tributaria. Es esto correcto. Así mismo, me han lanzado un expediente sancionador que al haberlo recurrido (por entender que he actuado de forma diligente), el acuerdo de imposición de sanción va sin reducción.
Holà soy francés y he comprado un vehículo en espana a una empresa que aplica el REBU. El numero de IVA intracomunitario esta no valid. Quiero saber si tener un numero de IVA intracomunitario es una obligación en espana?
Gracias.
Paul
Hola Paul. El número de IVA Intracomunitario no es obligatorio en España para personas físicas que no se dediquen a actividades profesionales.
Hola buenas tardes,
Yo tengo número de iva intracomunitario, soy compraventa de vehículos y sobre todo de importación.
Tardaron unos 6 meses en concederme dicho número de operador… actualmente estoy trabajando de esto como autónomo desde hace casi 3 años.
El problema es que cada vez ponen mas problemas y casi todas las compras tienes que hacerlas con Iva que una vez registrado el vehículo en España te hacen la devolución…cuando directamente tendrían que venderlo sin Iva.
Mi pregunta es la siguiente, me estoy encontrando que actualmente me piden el documento de registro de empresa en España, yo les contesto que soy autónomo y que no estoy obligado a estar en dicho registro, y directamente no te venden los vehículos cuando como he dicho, durante 3 años no he tenido ningún problema presentando siempre la misma documentación. ¿Ha cambiado la ley en este sentido? ¿Porque teniendo número de Iva intracomunitario no me quieren vender los coches si no estoy en dicho registro?
Esto me esta pasando desde que hemos empezado el presente año 2018.
Por favor ayúdenme ya que vivo de este trabajo y ahora mismo no puedo hacerlo en esta situación, no se si el registro se puede hacer igualmente siendo Autonomo, si dicho registro conlleva un gasto etc,
Muchísimas gracias por adelantado.
Buenas, me he dado de alta como autónomo para prestar servicios de community manager a una empresa danesa. He solicitado el alta en el ROI. Me notifican cuando esté dado de alta (cómo?) o tengo que estar comprobándolo manualmente en la web? De verdad que puede llegar a tardar 3 meses? Entonces si quiero iniciar una actividad con el resto de Europa tengo que pagar 3 meses de autónomo sin poder facturar? (Puedo facturar con iva pero si no se lo pueden deducir no creo que les haga mucha gracia…)
Gracias!
Efectivamente, pueden tardar tres meses en conceder el Alta como operador intracomunitario. Te notificaran algo al respecto salvo que haya un silencio administrativo negativo, pero esto suele ser poco común; o bien te solicitan documentación (con visita a tu domicilio o por carta) o bien lo conceden
Buenas tardes. Gracias por el post me ha aclarado bastante. Soy autónoma y estoy dada de alta en el ROÍ he comprado un producto a Alemania y me han facturado sin Iva. Ahora lo debo declara como indicáis. Entiendo. Indicando el IVA soportado y el repercutido. Pero yo a mi cliente como le facturo ese producto, ¿Con IVA o sin IVA?
Se facturan sin IVA las ventas intracomunitarias
Buenas tardes,
Yo hago compras a Portugal y hemos hecho el pedido de inscripción en el ROI ya el año pasado y no hay manera de llegarnos, no se lo que pasa. Hasta ahora hemos pagado siempre el IVA y lo que me gustaría saber es si hay alguna forma de poder recuperar el IVA de años anteriores. Gracias
Hola buenos días, mi pareja y yo hemos creado una empresa pero aún no le hemos dado actividad porque estamos a la espera de unas licencias en el sector del transporte. El caso es que también queremos ser distribuidores de fragancias y tenemos a varias empresas italianas interesadas, nuestra casa está tipificada como local industrial en las escrituras y también autorizada para vivienda. Van a venir los técnicos si solicitamos el alta en el ROI? Podemos solicitarlo si aún no tenemos ninguna operación con las empresas italianas? Qué hay que hacer para que lo concedan? Es un poco complicado esto, gracias por todo.
HOLA,HEMOS SOLICTADO el alta en ROI hace unos dos meses y medio, no nos ha visitado nadie y aun figuramos como no inscritos. ahora mismo tenemos una pequeña deuda con la AT,pero esta a punto de saldarse, y estamos de baja provisional en el registro de entidades por no presentar IS 3 años, esto ya se soluciono presentando los impuestos. ¿tendremos problemas por este motivo? ¿seria conveniente crear una nueva SL para importar lo que estamos comprando desde Reino Unido?
Hola, no sé si este hilo sigue activo. A ver si me podéis resolver la duda que tengo.
Le he hecho una campaña de publicidad a la empresa de un familiar a través de facebook, con una cuenta suya. La cuestión es que al gestionárselo yo, he pagado con mi cuenta de paypal. La factura que han emitido es sin IVA y me pregunto si eso puede suponerme a mí algún problema, ya que soy autónomo y al haber hecho el pago con mi cuenta de paypal pueden pensar que es un servicio contratado por mí (aunque como digo, no está hecho a mi nombre).
No sé si debería preocuparme por algo, ya que yo únicamente presto servicios en España y no tengo líos de este tipo. Gracias.
Hola Vicente. Si es una compra de un importe pequeño a Facebook no debes preocuparte, no es común que te exijan nada.
Buenas mi nombre es Erick.
Tengo una pregunta estamos pensando en obtener el IVA intercomunitario con mi empresa, para realizar compras a Alemania, estas compras son para uso personal y no para venta, estas compras que realizaremos son inferiores a 10000 euros.
las preguntas son las siguientes
estas compras las tendremos que declarar a hacienda aunque no sean para venta?
la declaración del modelo 349 tendría que ser trimestral o anual?
En caso de que sea trimestral , si hay 3 meses en los que no compramos nada tendríamos que hacer la declaración del modelo 349?
En la declaración de este modelo se tendría que abonar /pagar algún monto por los artículos comprados
Hola Erick, entiendo que las compras son para uso empresarial (si fuera personal el IVA no sería deducible). la declaración puede ser anual si las compras son de menos de 10.000 en el año como indicas. No hay que pagar nada al presentar el modelo 349, es declaración informativa
Buenos dias. Gracias por el articulo
Mi caso es que soy autonomo en sistema de modulos, dado de alta en ROI
Hago publicidad con Adwords,
Durante 2018 las he declarado en el modelo trimestral en las casillas de regimen general, he declarado el 21% del iva de las cantidades y posteriormente me lo he deducido el -21%, quedando las operaciones de IVA a 0
Hacienda me reclama, que al estar en modulos, en las facturas de Google Adwords, se produce una inversión del sujeto pasivo, y que tengo que ser yo el que declare el IVA de las facturas de Google Adwors, en la casilla 52 o 53 del modelo trimestral (303).
Es correcto esto que me dice Hacienda, que tengo que pagar yo el IVA de estas facturas?
Es correcto, los autónomos en recargo de equivalencia deben declarar el IVA intracomunitario y pagarlo mediante el modelo 309
Buenos días,
Primero enhorabuena por el artículo, me encanta las expresiones en tono de humor.
Mi pregunta es, tengo una sociedad inscrita en el ROI que normalmente realiza viajes al extranjero por tema de ferias, exposiciones, etc… Casi todas las facturas las trae sin IVA excepto las de una empresa de rent a car que aunque se le han solicitado que emita las mismas sin IVA argumentan que la AEAT dispone dos tipos de tributación ….
«• Arrendamiento de vehículos a corto plazo (máximo 30 días ininterrumpidamente) “Si lo alquilas por un período inferior a 30 días, el arrendador deberá repercutir el IVA de su país independientemente de si él destinatario es particular o empresa, para recuperarlo, deberás solicitar su devolución mediante el modelo 360.»
Si vamos a solicitar la devolución de ese IVA las facturas las tengo que incluir en el 349? las contabilizo como inversion del sujeto pasivo dejando pendiente un iva soportado pendiente hasta la devolución??
Igual alguna de las preguntas resultan absurdas, pero las tengo. Y de verdad, muchas gracias por todo!!!!
Hola buenas soy autonomo de canarias y e ido a trabajar a la construccion en belgica ,como sabes en canarias no hay iva y me dicen que no puedo inscribirme en el ROI , como tengo que hacer para que la empresa belga me pague mi factura
Hola,
Soy fotógrafo y ahora me voy a dar de alta como autónomo y posiblemente me registraré en el ROI.
Tengo un cliente con oficina en España de infomación de turismo Belga. Ellos me dan la direccion de facturación de su oficina en Belgica y su VAT para que no les cobre IVA pero me piden que les envíe el producto a su oficina de Barcelona. Anteriormente les hize un trabajo y lo facturé por una cooperativa y no se les cobro IVA pero ahora quería hacerlo como autónomo.
Tengo dos preguntas.
1. ¿Puedo tener problema si les hago una factura sin IVA y les envíe el producto a su oficina en España como ellos piden o debería enviarselas a Bélgica y ellos encargarse de enviarla a Barcelona?.
2. ¿Si emito una factura sin IVA a ellos pero antes de cumplirse los 3 meses no me ha llegado la confirmación que estoy de alta en el ROI pero para evitar algún problema con hacienda pago yo el IVA de mi bolsillo ? ¿si lo pago de mi bolsillo evito así un problema con hacienda o aun asi puedo tener problemas?.
Gracias
Un cordial saludo
Hola Marco, esta consulta se debería estudiar más en profundidad. Para esta y otras consultas de tu situación puedes usar nuestro servicio:
https://www.demesayvertizconsultores.com/informes-fiscales/
Hola!
Soy Liliana
Tenemos una SL y queremos comprar genero en Rumanía. Si el proveedor se niega a vender sin IVA puedo comprarle? Tendre que pagar IVA en los dos paises? Noencuentro informacion por ningun lado.
Gracias!
Hola Liliana, en un principio el proveedor puede venderte con el IVA de su país de origen
Hola, Quiero comprar un programa de EE.UU con licencia de EE,UU para mi uso . No tengo empresa, Me envían a un Distribuidor Europeo en Irlanda (¿Donde sino?) y entonces me dicen que tengo que pagar el IVA que no viene indicado en la publicidad.
Yo no compro ningún producto Comunitario, Compro un producto de EE.UU. No le añaden ni transforman nada en Europa. ¿Por qué debería pagar el IVA? ¿Es eso correcto? Porque no tiene sentido.
Gracias por decirme que puedo hacer,
Buenas tardes, excelente artículo. Voy a iniciar mis servicios como consultor. Mis facturas serán mayoritariamente a particulares de Europa y particulares del resto del mundo. Si decido inscribirme en el ROI, como debo realizar mis facturas?
Muchas gracias
Un saludo
Gracias Lucas. Hay que tener en cuenta que si emites facturas a particulares es probable que debas repercutir el IVA español. Depende del servicio, te recomendamos que consultes las reglas de localización del IVA