Novedades declaración de renta 2013 (Mayo 2014)

A la espera de la reforma fiscal, no son muchas las novedades que incorpora la próxima campaña de renta. No obstante, muchas de las novedades son de gran importancia. Desde De Mesa y Vertiz Consultores queremos acercar estas novedades al contribuyente.

Comenzaremos por las fechas. Este año la campaña tendrá lugar entre el próximo 1 de abril y el 30 de junio de 2014. Para ser concretos, se podrá solicitar y confirmar el borrador desde el 1 de abril al 30 de junio. Para declaraciones en las que no se pueda hacer uso del borrador (la mayoría de los autónomos, por ejemplo), el plazo se abre el 23 de abril si se presentan por internet, comenzando el plazo para presentar la declaración en bancos y entidades colaboradoras el 1 de mayo.

En primer lugar, cabe recordar que se mantienen los tipos incrementados que establecían una retención máxima en la base general del 52% y de un 27% en la base del ahorro. Durante todo el 2014 se seguirán pagando estos tipos incrementados.

La novedad más importante es sin duda el final de la deducción por vivienda para inmuebles adquiridos después del 1 de enero de 2013. Mucho se ha hablado sobre la posible eliminación total de la deducción, pero de momento, los que compraron antes de 2013, pueden seguir aplicándose la misma. A esto hay que añadir que abrir una cuenta ahorro vivienda a partir del 2013 es una ruina, ya que no podrás efectuar deducción alguna en la Renta y sin embargo tendrás que comprar piso antes de que acabe 2016. Tampoco se pueden efectuar deducciones por rehabilitación de vivienda.

Otro cambio a tener en cuenta es la retención obligatoria del 20% para cualquier tipo de premio obtenido mayor de 2.500 euros. Los premios de la Lotería, por lo tanto, dejan de estar exentos.

Pronto llegan las cuentas de la Renta
Pronto llegan las cuentas de la Renta

Un cambio positivo muy comentado es el que permite ventajas fiscales a inversores particulares (Business Angels) que adquirieran acciones de sociedades de nueva creación a partir del 29-9-2013. En concreto es deducible un 20 % de la cuota estatal con ocasión de la inversión realizada al entrar en la sociedad. Esta deducción está sujeta a importantes requisitos, tales como:

  • Las acciones compradas deben ser de sociedades no cotizadas. Además deben ser sociedades con actividad económica (no de mera tenencia de valores o inmuebles).
  • Las acciones deben ser adquiridas entre la constitución de la sociedad y los tres años posteriores y los compradores las deben mantener entre 3 y 12 años.
  • La base máxima de deducción es de 50.000 euros como máximo, es decir, si la inversión en acciones sobrepasa los 50.000 euros, sobre ese exceso no se podrá aplicar la deducción.
  • Solamente se puede poseer el 40% del capital de la sociedad como máximo, si se trata de acciones adquiridas junto con familiares hasta segundo grado de parentesco.
  • El capital máximo de las sociedades  en las que inviertan los inversores particulares no puede ser superior a 400.000 euros.

Además, a la hora de vender esas acciones, la posible ganancia patrimonial resultaría exenta si se reinvierte de nuevo en acciones de sociedades de nueva creación.

Por último, entrando ya en el terreno de los contribuyentes que realicen actividades económicas o profesionales, cabe citar dos novedades importantes:

  1. Importante incentivo fiscal por el inicio de actividades económicas. Se puede reducir un 20% del beneficio (rendimiento neto positivo) obtenido en la actividad. Se puede aplicar en el primer período que arroje beneficios la actividad y en el siguiente.
  2. Se mantiene la deducción por inversión de beneficios en activos nuevos de inmovilizado material. Esta deducción llega hasta un 10% de la base liquidable de esos beneficios (5% si los contribuyentes ya se han aplicado la reducción por incremento de plantilla o la que se aplica por inicio de actividad).

Esperando que el presente artículo haya sido de su interés, no olvide que en De Mesa y Vertiz Consultores podemos prestarle asistencia en la elaboración de su declaración de renta, avalados por una gran experiencia y siempre a precios muy competitivos.

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