El pasado 1 de julio entró en vigor el SII, es decir, el Suministro Inmediato Información. Este sistema afecta a todas las empresas que realizan mensualmente la autoliquidación del IVA y tiene consecuencias directas sobre la forma en que deben llevar los libros registro de dicho gravamen.
El aspecto más relevante de este nuevo mecanismo que regula el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, es que todos aquellos contribuyentes que liquidan el Impuesto sobre el Valor Añadido de manera mensual, deberán comunicar a la Agencia Tributaria de forma inmediata y a través de la sede electrónica del organismo, el detalle de todos sus registros de facturación.
Hay que resaltar que el Suministro Inmediato de Información no consiste en el envío de las facturas propiamente dichas, sino de la información de los registros de facturación, es decir, el detalle de las facturas emitidas y recibidas, incluyendo tickets y facturas simplificadas. Esta comunicación debe hacerse por medios telemáticos dentro de los cuatro días posteriores a la fecha de expedición (en facturas emitidas) o registro (en facturas recibidas) de los documentos ; plazo que se extiende excepcionalmente a ocho días hasta finales de este año para facilitar la adaptación al sistema de los contribuyentes.
Los obligados a adherirse al sistema son las compañías con una facturación anual superior a los 6 millones de euros, las empresas inscritas en el REDEME (Régimen de Devolución Mensual del IVA) y los autónomos y Pymes que tributen en el régimen especial de grupos del IVA. Adicionalmente, cualquier otro agente económico que quiera aprovechar las ventajas de este proceso, puede incorporarse al mismo sin limitaciones.
Debido al tipo de sociedades que están forzadas a autoliquidar el IVA mensualmente, los contribuyentes que deben cumplir con el Suministro Inmediato de Información representan casi el 80% del total de la facturación empresarial de España.
En paralelo y como incentivo para lograr que cada vez más contribuyentes se adhieran a este sistema, la Agencia Tributaria ha establecido una serie de ventajas para quienes así lo hagan. De esta forma, estas empresas podrán presentar las autoliquidaciones del IVA diez días más tarde de lo habitual, dejarán de estar obligadas a presentar los libros registro de IVA a través del modelo 340, tampoco deberán presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas reflejada en el modelo 347 ni el resumen anual que todos los eneros comunican a través del modelo 390.
Los contribuyentes que quieran adherirse al sistema y aprovechar estos beneficios solo deben comunicar su intención de darse de alta en el mecanismo en el mes de noviembre anterior al inicio del año natural en que el alta tendrá efecto.
En cuanto a los aspectos operativos, cabe destacar que la información enviada por las empresas permitirá a la administración tributaria elaborar de forma automática en sus sistemas informáticos los correspondientes libros registro del impuesto. Esta información se contrastará con los datos enviados por el resto de los obligados a este nuevo sistema de gestión del IVA. En este sentido es importante destacar que las empresas que se adhieran al mecanismo podrán comparar la información de sus libros con los de sus clientes y proveedores, siempre en el caso de que estos últimos también estén adheridos al mismo.
En definitiva, el proceso permitirá que la Agencia Tributaria confeccione de manera electrónica los libros registro de las facturas emitidas, las facturas recibidas, los bienes de inversión, las operaciones intracomunitarias e incluso las transacciones en efectivo.
¿Cuáles son las ventajas del Suministro Inmediato de Información?
El gran aporte de este nuevo mecanismo es que permitirá a la administración tributaria valorar y analizar toda la información relativa al Impuesto sobre el Valor Añadido de forma inmediata, incluso antes de la fecha en la que los contribuyentes deban presentar las autoliquidaciones mensuales.
De esta forma, parece estar cada vez más cerca el día en que la Agencia Tributaria cuente con toda la información necesaria para realizar ella misma las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido, de la misma manera que ya hace con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La información completa y actualizada a la que accederá la administración tributaria tendrá su contrapartida positiva del lado del contribuyente por el hecho de que se prevé una considerable disminución de los requerimientos de información adicional, tan habituales cuando hay incongruencias en las liquidaciones y presentaciones de impuestos. Esperemos que estas previsiones no sean un «gancho publicitario» para camuflar las indudables intenciones de control exhaustivo sobre los contribuyentes que tiene esta nueva normativa.
Al mismo tiempo y más allá de la reducción de las obligaciones formales al desaparecer la presentación de los modelos 340, 347 y 390, la Agencia Tributaria espera una sensible reducción en el tiempo de envío de las devoluciones al disponer de una información más detallada de las operaciones en un tiempo prácticamente real.
Si bien algunos contribuyentes pueden echar en falta cierta información sobre algunos aspectos operativos del sistema , destacando la habitual confusión y falta de claridad tan habitual en las últimas normativas aprobadas; sin dudas esta nueva metodología va a facilitar y agilizar la presentación del impuesto a la vez que permitirá una reducción notable en los errores de las liquidaciones. Sin dudas, estará más que justificada la inversión en recursos tanto humanos como informáticos para adaptarse a un sistema que permitirá un intercambio de información bidireccional, automático e instantáneo.
En definitiva, si bien en principio el Sistema Inmediato de Información en el IVA puede parecer un gran cambio para la operativa de la empresa, al final redundará en numerosas ventajas tanto para la administración tributaria como para el contribuyente. El sistema modernizará la gestión del gravamen y proporcionará a las empresas información inmediata y contrastada.
El SII es sin dudas un gran avance para las empresas ya que les permitirá automatizar la gestión del IVA y disminuir de forma considerable los habituales errores. Por el lado de la Administración, este nuevo sistema aportará información completa y actualizada que ayudará a cumplir con su labor de control de una forma más eficiente.
Si quieres más información sobre el SII y cómo afecta a tu empresa, puedes consultar la guía gratuita “Todo cuanto debes saber del Suministro Inmediato Información”, publicada por Captio.
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