La Agencia Tributaria dispone de un modelo destinado a controlar las rentas que surgen de alquileres de inmuebles urbanos: si tu empresa tiene alquilado un local donde desarrolla sus actividades, has de declarar las retenciones del IRPF generadas por tales pagos. Por eso es importante saber qué es el modelo 115, es decir, la forma en la que ponemos a Hacienda al corriente de estas situaciones.
Tabla de contenidos
Qué es el modelo 115 y para qué sirve
La obligación (o no) de retención
Contextualicemos antes el porqué del modelo 115: el pago de ciertos alquileres de bienes inmuebles urbanos está sujeto a una retención, concretamente el de aquellos donde se desarrolla una actividad económica. Recalcamos lo de urbanos, porque esta obligación no existe para los inmuebles de naturaleza rústica.
Esto significa que los inquilinos que no realicen actividades económicas en el inmueble alquilado no tienen la obligación de aplicar retención alguna en el pago de sus alquileres, simplemente declararán estos pagos en su IRPF anual.
Otro punto que tiene todo el sentido del mundo es que si tu arrendador es una persona física, la retención se hará a cuenta del IRPF, y si es una sociedad, a cuenta del Impuesto de Sociedades.
La utilidad del modelo 115
Con todo esto, el modelo 115 se define como el modelo de Hacienda que refleja las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Las cantidades sobre las que retener se deben haber establecido en el contrato de arrendamiento, y conformarán la base imponible de la retención que figurará en las facturas de cada uno de los pagos que se efectúen.
Para simplificar un poco la definición y hacerla más legible, podemos decir que el modelo 115 sirve para que tú, actuando en calidad de arrendatario, ingreses en Hacienda la retención aplicable a los pagos del inmueble; es decir, la parte que no pagarías al propietario (arrendador) del inmueble, la tendrías que ingresar en su nombre en la Agencia Tributaria. Dicha retención en 2020 representa el 19%
Quién está obligado a presentar el modelo 115
A la luz de lo que hemos descrito previamente, es lógico pensar que todos los autónomos y empresas que estén en esta situación deben presentar el modelo 115. Esta afirmación es parcialmente cierta porque, como casi siempre, las leyes tributarias presentan excepciones.
Quizá huelga decirlo, pero en ningún caso un particular sin actividad económica está obligado a presentar este modelo.
Exenciones de presentación del modelo 115
- Las rentas inferiores a 900 euros anuales, pagadas a un mismo arrendador.
- Las viviendas arrendadas por una empresa para sus trabajadores.
- Las rentas pagadas a un arrendador que no esté obligado a aplicar retenciones. Este caso concreto se da cuando el propietario se dedica al arrendamiento de vivienda y locales, y el valor catastral de los inmuebles de los que dispone supera los 601 012,10 euros: en este caso, el arrendador debe presentar anualmente al inquilino un certificado de estar exento de retener y que emite la Agencia Tributaria en su web.
- Las rentas que surgen de contratos de leasing (arrendamiento financiero).
- Las rentas satisfechas a entidades de utilidad pública (mayormente asociaciones y fundaciones de Ley 49/2002), ya que están exentas en el Impuesto de Sociedades.
Cuándo se presenta el modelo 115
El plazo de presentación del modelo 115 es exactamente el mismo que el de las declaraciones de IVA: tendrías que rellenarlo y presentarlo cuatro veces al año, durante los 20 primeros días naturales de los meses de enero, abril, julio y octubre.
Además, ya sabes que a la Agencia Tributaria le gusta tener todo atado en corto, así que también tendrás que acompañar a estas cuatro declaraciones una anual: el modelo 180, que no es sino la recopilación o resumen de los cuatro modelos 115. Igual que con las declaraciones de IVA y su modelo 390.
Cómo rellenar el modelo 115 de hacienda paso a paso
Identificación y consignación
Lo primero de todo es que te identifiques: introduce el nombre de tu empresa, NIF y dirección. A continuación, consigna el periodo de devengo (el año y el trimestre) que vayas a declarar.
Liquidación
En este apartado, verás cinco casillas para cumplimentar.
- Casilla 1: aquí tienes que especificar el número de empresas o personas físicas que han percibido rentas de alquileres por tu parte.
- Casilla 2: indica la base de las retenciones e ingresos a cuenta. En palabras más sencillas, el importe bruto, antes de impuestos, del valor de los pagos.
- Casilla 3: anota en «retenciones e ingresos a cuenta» a cuánto asciende el valor total de la retención que ha sido aplicada a los alquileres durante el trimestre que estás declarando.
- Casilla 4: ignórala si estás presentando una declaración ordinaria. ¿Por qué? Porque esta casilla solo tiene sentido en las declaraciones complementarias del mismo concepto, ejercicio y periodo. Es decir, si ya has presentado un modelo 115 y has detectado algún error, la Agencia Tributaria te permitirá presentar un modelo complementario (análogamente a lo que sucede con las declaraciones de IRPF), y anotar aquí el resultado a ingresar de la declaración original (la que estarías complementando con este nuevo modelo 115).
- Casilla 5: es el «resultado a ingresar», y debería ser, simplemente, el valor de la casilla 3, o la diferencia entre las casillas 3 y 4, si se trata de una declaración complementaria.
Presentación
El método de presentación es muy simple: si presentas el modelo 115 como una sociedad anónima o limitada, tendrás que hacerlo a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Esto también se aplica a las administraciones públicas y grandes empresas, ya que es la forma en la que tales figuras se tienen que comunicar con Hacienda.
Por el contrario, si lo presentas como persona física, puedes hacerlo también en papel: en la misma dirección de la Sede Electrónica de la AEAT tienes a tu disposición el papel impreso con el modelo. Aunque desde De Mesa y Vertiz, por nuestra experiencia, te recomendamos que ahorres tiempo y recursos y optes por la presentación telemática.
Retenciones modelo 115 en impuesto de sociedades o IRPF
Es muy importante que sepas que las retenciones que pagas en el modelo 115 se las tiene que descontar tu arrendador en el impuesto de sociedades o en la renta (ya que no ha percibido esas retenciones).
A pesar de que esas retenciones deben aparecer en el nuevo servicio de datos fiscales del impuesto de sociedades que recopila la AEAT, pensamos que es imprescindible que antes aportes a tu arrendador el certificado anual de retenciones, para que pueda corroborar que éstas figuran declaradas correctamente conforme a la realidad anual. En caso contrario tu arrendador podría tener problemas con la devolución del impuesto de sociedades o de la renta ?
Y hasta aquí llega lo que creemos que debes conocer sobre el modelo 115. No era para tanto, ¿verdad?. Si te ha servido de ayuda, comparte!! ??
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