Deducciones del impuesto de sociedades ¿las conocemos?

¿Qué son las deducciones del impuesto de sociedades?

Aunque a muchos empresarios les parezca mentira, a bastantes asesorías esto les suena a chino. O a japonés sevillano. Muchas veces porque se sienten desbordadas con el aluvión de impuestos de julio o por el maratoniano calendario fiscal. Otras veces porque el personal no es demasiado cualificado. En la mayoría de las ocasiones porque no realizan una planificación fiscal adecuada. El impuesto de sociedades se convierte en un trámite.

A modo de introducción, las deducciones del impuesto de sociedades se pueden calificar como ventajas fiscales que permiten a las empresas pagar menos impuesto sobre beneficios gracias a la realización de ciertas actividades o al pago por determinados bienes o servicios . A efectos prácticos, sería como quitarse los gastos contables de nuevo como gastos fiscales en el impuesto de sociedades, siempre sujetos a determinadas reglas y porcentajes. La mayoría de las deducciones se restan de la cuota íntegra, lo que permite que el ahorro sea prácticamente directo, al restarse de la cantidad que hipotéticamente correspondería pagar de impuesto antes de retenciones y pagos a cuenta.

¿Por qué crees que las grandes empresas pagan hasta cinco veces menos impuesto de sociedades que las pymes? Las deducciones, sus posibilidades de diversificar los gastos y el buen hacer de sus asesores fiscales es la respuesta. Aunque varias deducciones se van a derogar con la reforma fiscal. seguirán siendo fuente de jugosas rebajas fiscales.

Desde este artículo te comentaremos las principales deducciones del impuesto de sociedades, como hacemos siempre, de una forma sencilla y concisa.

¿Aplicas las deducciones del impuesto de sociedades?

Deducción por gastos de formación profesional

Antes de 2012, cuando permitía deducirse los cursos de formación del personal, ésta era una de las deducciones más usadas. Actualmente, sólamente se aplica a los gastos para habituar a los empleados al uso de nuevas tecnologías. Permite deducirse hasta un 5% de estos gastos, y en el caso de que supere la inversión de los dos años anteriores, sobre esta diferencia se aplicaría un 10%. Por ejemplo, si la media de los dos años interiores es de 10.000 euros y la inversión del año es de 12.000, la deducción adicional sería:

12.000-10.000 = 2.000 x 10% = 200 euros

Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad

Una de las deducciones más «sociales» del impuesto sobre sociedades, a pesar de que se especuló con su posible eliminación de cara a la reforma fiscal.

Para aplicarla se debe ampliar la plantilla de empleados con discapacidad respecto al año anterior. Las deducciones se incrementaron en 2013, quedando como siguen:

  • 9.000 euros por cada trabajador discapacitado con grado del 33% al 65% que  incremente la plantilla media en comparación con la plantilla del ejercicio anterior.
  • 12.000 euros por cada trabajador discapacitado con grado superior al 65% que incremente la plantilla media en comparación con la plantilla del ejercicio anterior.

Deducción por creación de empleo (apoyo a los emprendedores)

Una de las deducciones más recientes y necesarias, aunque se muestra insuficiente por sus complicados requisitos.

Permite deducirse 3000 euros por cada contrato laboral indefinido a menores de 30 años. Eso sí, el trabajador debe permanecer 3 años en la plantilla o al menos el año de prueba si se demuestra que es un despido procedente por causas objetivas.

Además de esta deducción, las empresas con menos de 50 trabajadores que incrementen la plantilla con trabajadores desempleados que hubieran percibido el paro durante tres meses, pueden deducirse el 50% de la menor de las siguientes cantidades:

– Prestación de desempleo pendiente de percibir por el desempleado.

– 12 meses de prestación de desempleo reconocida.

Deducciones del impuesto de sociedades

Deducción por I+D e innovación tecnológica

¿En que piensan las grandes empresas? Pues en esta deducción, su favorita de cara al impuesto de sociedades. Afortunadamente, también muchas startups tecnológicas se pueden ver beneficiadas, si es que sus asesores fiscales les ayudan a aplicarlas.

1. ¿Qué es Investigación y Desarrollo?

Tratando de sintetizar hasta el infinito, definiremos el concepto de investigación y desarrollo como los nuevos descubrimientos de productos o avances en el ámbito científico. Por ejemplo, esto permite aplicar la deducción tomando como base los gastos de:

  • Planos esquemas y prototipos de nuevos productos
  • Muestrarios de nuevos productos o novedades esenciales en productos existentes
  • Software avanzado o sistemas operativos que favorezcan a discapacitados.

La deducción es de un 30% de los gastos más amortizaciones efectuados en el año en estos conceptos. Evidentemente, si se han recibido subvenciones, se debe minorar en un 65% el importe anterior. Se aplicaría un 50% sobre la diferencia entre en los gastos de I + D y la media de los dos ejercicios anteriores (opera igual que el ejemplo explicado de la deducción por formación profesional).

Adicionalmente se aplicaría una deducción del 20% sobre los gastos en personal investigador y un 10% de los gastos en inmovilizado material e intangible (no inmuebles ni terrenos).

2. Deducción actividades innovación tecnológica

Simplificando nuevamente, se trata de avances tecnológicos en productos o mejoras en productos ya existentes. Permite deducirse un 12% sobre estos gastos (por citar algunos):

  • Actividades de diagnóstico tecnológico
  • Diseño industrial, planos, dibujos y muestrarios
  • Adquisición de patentes o licencias
  • Obtención de certificados de calidad

Normalmente se deben de justificar con un informe del Ministerio de Ciencia e Innovación

 Ampoule

Deducción por inversión de beneficios

Premia la inversión de los beneficios en inmovilizados materiales o inmobiliarios (por ejemplo una maquinaria), solamente para empresas de reducida dimensión. Se trata de un 10% sobre estas inversiones, efectuadas en el ejercicio en el que se produzcan los beneficios y en los dos posteriores o de un 5% si se está pagando ya un tipo impositivo inferior el del 25%/30%. Sobre este porcentaje, además se aplica un porcentaje reductor si ya se han aplicado otras ventajas fiscales del impuesto de sociedades.

Sus requisitos son bastante persuasorios: deber de informarlo en las Cuentas Anuales, dotar una reserva por estas inversiones que se mantengan y mantener estos activos en la empresa durante cinco ejercicios o durante su vida útil.

Deducción por reinversión de beneficios

Cuando se obtienen beneficios de la venta de elementos patrimoniales y estos se reinvierten en nuevos elementos patrimoniales, se puede aplicar con carácter general una deducción del 12% sobre estos beneficios. Los porcentajes varían entre el 2% y el 17%, dependiendo si se está tributando por una escala u otra del impuesto de sociedades.

Es importante señalar que esta deducción no solo es válida para la compra de inmovilizados, sino que también se puede aplicar a la compra de acciones y participaciones que representen más de un 5% del capital de otras entidades.

Como requisitos destacan los siguientes:

  • Los valores y acciones deben tener más de un año de antigüedad.
  • Se debe reinvertir en acciones o valores durante los tres años posteriores a la venta.
  • Los nuevos elementos de inmovilizado adquiridos deben mantenerse en nuestra empresa durante cinco años o durante su vida útil si fuera inferior a cinco años.
  • Se debe informar detalladamente de todo ello en las Cuentas Anuales.

 Otras deducciones y panorama con la Reforma Fiscal

Aparte de las deducciones del impuesto de sociedades mencionadas, está la deducción por doble imposición , que merecerá capítulo aparte, dada su complejidad y extensión; además, existen otras deducciones menos usadas o más especificas como la de bienes de interés cultural (cine,libros), la destinada a inversiones medioambientales, que citamos a título enumerativo. 

Las deducciones del impuesto de sociedades son actualmente numerosas, pero parece ser que después de la reforma fiscal quedarán sólo unas pocas y las que queden serán modificadas y limitadas. De momento parece casi segura la eliminación de las deducciones por inversión y reinversión de beneficios y la deducción por formación profesional. Nuevamente la caótica reforma deja el trabajo simplificador a medias y no acabamos de discernir en que dirección apuntan los cambios que pretende el gobierno.

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