¿Cómo afectará la reforma fiscal al régimen de módulos?

¿Qué es el régimen de módulos?

El régimen de módulos, también llamado Régimen de Estimación Objetiva, es una opción de tributación que ofrece a los empresarios individuales la Ley del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas.

En comparación con el sistema de estimación directa, se trata de una forma mucho más sencilla de determinar los pagos a cuenta trimestrales que se hayan de efectuar por éste impuesto (modelo 131), ya que en la práctica consistirá tan sólo en multiplicar unos coeficientes por los importes fijados en módulos por cada actividad. Los citados módulos vendrán fijados y detallados en una Orden que publica Hacienda anualmente.

Para elegir entre un Régimen u otro (estimación directa u objetiva), siempre se deben valorar las circunstancias propias de cada actividad y de cada autónomo, pero es indudable que los costes de una asesoría fiscal son sensiblemente inferiores en el caso de los autónomos acogidos al Régimen de Módulos, dado que las obligaciones con Hacienda son menores y más sencillas.

Reforma Fiscal Régimen modulos

¿Cómo está el Régimen de módulos actualmente?

Arrinconado y señalado como un régimen en el que existía un gran fraude fiscal (puesto de manifiesto con facturas falsas emitidas a empresas para que éstas se pudieran deducir los gastos), los límites para acogerse al mismo ya fueron reducidos significativamente desde el 1 de enero de 2013, afectando a unos 150.000 autónomos del sector transporte y reformas, principalmente.

Actualmente, los límites que operan en el Régimen de Módulos son los siguientes:

  • El volumen de ingresos anuales máximo general para aplicar el Régimen de módulos es de 450.000 euros.
  • El volumen de ingresos anuales máximo para actividades agrícolas, ganaderas y forestales es de 300.000 euros.
  • Para los profesionales que deben someter sus ingresos a una retención del 1% (sectores tales como fontanería, confección, industria del mueble, albañilería, artes gráficas, etc.), los límites son 225.000 euros anuales, o tan sólo 50.000 euros anuales si más del 50% de sus ingresos proceden de empresas y no de particulares.

Además, a éste grupo de profesionales, a partir del 2014, se les obliga a llevar un libro de ventas o ingresos, además del libro de bienes de inversión que obligatoriamente se lleva en estimación objetiva.

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5 cambios de la reforma fiscal en el régimen de módulos

Es imprescindible señalar que, a diferencia de muchos cambios en la Ley de IRPF, que entran en vigor a partir del 1 de enero de 2015 (nos quedan 40 días 😯 😮 ) , los cambios en los límites de módulos entran en vigor a partir del 1 de enero de 2016 (lo que hace que haya que tomar en consideración las cifras de ventas y compras de 2015).

Estos serán los 5 cambios principales en el Régimen de módulos:

  1. El umbral de exclusión general para actividades económicas, determinado en el artículo 31 de la LIRPF, se reduce de 450.000 euros anuales a tan sólo 150.000 euros. Es decir, con más de 150.000 euros de compras sin incluir inmovilizados o de ventas en 2015 no se puede aplicar el régimen de módulos.
  2. El Régimen de módulos queda reducido casi exclusivamente a actividades de venta al público o servicios a consumidores finales, ya que a partir del 1 de enero del 2016 no podrán optar a este régimen las actividades de fabricación y construcción a las que actualmente se les aplica un 1% de retención (epígrafes 3,4,5 de la sección primera de las tarifas del IAE) y las que facturen menos de un 50% de sus ingresos a particulares.
  3. El límite del volumen de operaciones para transportistas o profesionales de comunicaciones se reduce a 75.000 euros, dado que están obligados a emitir factura a otros empresarios o profesionales. Esta rebaja ya ha sido fuertemente criticada en el sector.
  4. La reforma fiscal de módulos también afecta a las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, ya que se en principio se pretendía rebajar el límite de exclusión de 300.000 a 200.000 euros. Afortunadamente, en el Senado se aprobó recientemente una enmienda del PP que deja el límite en 250.000 euros, el cual parece que será definitivo.
  5. Por último, prácticamente la única noticia positiva será para los taxistas que bajo ciertas circunstancias vendan activos intangibles, ya que tendrán un reducción de su ganancia patrimonial (venta a familiares, incapacidad o jubilación, por ejemplo).

Régimen de módulos y reforma fiscal

Si bien es cierto que el Régimen de módulos, por su especial regulación, ha sido un vivero para el fraude fiscal, lo es también que los sectores de actividad recogidos en el mismo han sido prácticamente los más afectados por la crisis, con lo que ésta reforma fiscal, como en tantos otros aspectos, se queda a medias; ni ataja el problema (eliminando el sistema de módulos por completo), ni aporta alternativas de interés. Lamentablemente es posible que el fraude persista para los listillos y que injustamente muchos autónomos se vean abocados a una mayor carga fiscal.

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