Autónomos y pymes tienen que hacer frente a muchos retos en su día a día. Pero sin lugar a dudas los trámites con Hacienda están entre los que más recelo da afrontar, algo que se debe en gran medida al desconocimiento que existe sobre qué impuestos hay que presentar, cuándo y cómo hay que hacerlo. Sin embargo, el proceso de digitalización de la Administración Tributaria ha simplificado (aunque solo en parte ?) los trámites. Para ayudaros a abordar el terma con más confianza, hoy vamos a conocer el modelo 111 y para qué sirve.
Tabla de contenidos
Qué es el modelo 111 y para qué sirve
De forma general lo podemos definir como un modelo que están obligados a presentar trimestralmente todos aquellos autónomos y pymes que hayan practicado retenciones a cuenta del IRPF a sus trabajadores o a profesionales con los que hayan trabajado.
Para entender mejor qué es el modelo 111 es conveniente hacer primero una aproximación hacia el concepto de retención a cuenta.
Retención a cuenta del IRPF
Según nuestro ordenamiento jurídico, de forma general, las personas que trabajen por cuenta propia o ajena debe abonar a Hacienda una parte proporcional de los ingresos que obtienen con ese trabajo.
Cada año presentamos la declaración de la Renta, pero en realidad mensualmente vamos pagando un adelanto de ese impuesto a través de la retención de IRPF. En el caso de los asalariados esta retención consta en su nómina, mientras que en el caso de trabajadores por cuenta propia la retención se practica en las facturas que expiden a otros profesionales o empresas.
La consecuencia será que todo autónomo o empresa que tenga empleados a su cargo deberá ingresar en la Agencia Tributaria la parte correspondiente a la retención de IRPF que ha practicado en la nómina de los mismos. Del mismo modo, ingresará la retención de IRPF que tenga que aplicar en las facturas que haya recibido de profesionales o empresarios con los que haya trabajado.
El ingreso se hace de una vez de forma trimestral para agilizar los trámites , precisamente presentando el modelo 111 para informar y abonar a Hacienda las cantidades que se han retenido a cuenta. Cabe reseñar que en algunos casos (pasando de 6M de euros) la obligación de presentar el modelo 111 es mensual.
Quién debe presentar este modelo
Están obligados a presentar en Hacienda el modelo 111 todos los autónomos, Administraciones Públicas, empresas y entidades (si, también Asociaciones… ?) que a lo largo del trimestre hayan aplicado retenciones a cuenta, ya sean estas en las nóminas de sus empleados o en facturas.
Modelo 111 sin retenciones
Si uno de los obligados a la presentación de este modelo no tiene empleados y durante el trimestre no ha recibido facturas que lleven aparejada la retención de IRPF, no tendrá que presentar el modelo (art. 108.1 Reglamento IRPF)
Esto es lo que dice la norma, aunque la mayoría de las asesorías prefieren presentar el modelo 111 sin retenciones aunque no haya facturas ni nóminas, ya que no es demasiado raro que la AEAT nos envíe un requerimiento pidiendo su presentación (aún siendo infundado ?) para tratar de recaudar.
Creernos si decimos que, aunque para los empleados de hacienda y sus ordenadores automáticos resulte muy jacarandoso y adictivo enviar requerimientos últimamente, es algo que los asesores fiscales especializados preferimos evitar por nuestros clientes y nuestra paz vital.
Como norma taxativa, si se trata de uno de los sujetos obligados y tiene empleados a cargo, aunque durante el trimestre no haya practicado retenciones a cuenta del IRPF (por ejemplo si ha pagado rendimientos del trabajo sobre los que no se aplica retención), tiene la obligación de presentar el modelo 111. Se tratará en este caso de una declaración negativa que no llevará aparejado ningún ingreso de dinero en Hacienda por parte del obligado.
El sentido de que exista esta obligación cuando no se han practicado retenciones es que así Hacienda puede tener un mejor conocimiento sobre las retribuciones de los empleados y podrá hacer constar estas de cara al cuadre del resumen anual modelo 190 que luego se plasmará en los borradores de la Renta
Cuándo se presenta el modelo 111
Este documento se presenta después de finalizar cada trimestre natural, en los 20 primeros días del mes siguiente. Es decir, que el modelo 111 del primer trimestre hay que presentarlo entre el 1 y el 20 de abril, el del segundo trimestre entre el 1 y el 20 de julio. Entre el 1 y el 20 de octubre en el caso del tercer trimestre y del 1 al 20 de enero para el cuarto trimestre.
Tratándose de sujetos que pueden acceder a la autoliquidación mensual (grandes empresas y Administraciones Públicas), el pago debe hacerse entre el 1 y el 20 del mes siguiente.
Cómo rellenar el modelo 111
En la parte de declarante deben constar los datos del obligado a presentar el modelo 111. Los datos fiscales básicos son el nombre y apellidos y el NIF (antiguo CIF).
Después se pasa a la parte de devengo, en la que se indica el período de la declaración. Esto es, trimestre en el que se han practicado las retenciones y año.
En la parte de liquidación se hace referencia directa a las retenciones practicadas. Aquí nos encontramos con varios subapartados:
El primero se rellena de la siguiente forma:
- La casilla 01 se refiere al número de empleados a los que se han aplicado retenciones de IRPF en el trimestre.
- La casilla 02 recoge la suma de las nóminas pagadas sobre las que se aplica retención.
- La casilla 03 recoge las retenciones a cuenta practicadas sobre las nóminas.
- Las casillas 04, 05 y 06 se usan cuando hay pagos en especie a empleados.
El segundo subapartado hace referencia a las retenciones derivadas de actividades profesionales. Es decir, las que se derivan de servicios profesionales recibidos durante el trimestre.
- La casilla 07 indica el número de profesionales o empresas a las que se ha practicado retención.
- La casilla 08 es la suma de todas las bases imponibles de las facturas que llevan aparejada retención.
- La casilla 09 es la suma total de las retenciones de las facturas.
- Las casillas 010, 011 y 012 se aplican cuando los servicios profesionales han sido prestados en especie.
El documento tiene otros subapartados que normalmente son menos usados y que hacen referencia a retenciones relacionadas con los premios obtenidos en concursos y sorteos, sobre cesión de derechos de imagen y aprovechamientos forestales.
Una vez rellenado el documento sabremos si el resultado es positivo (hay que ingresar dinero a Hacienda) o negativo o cero (ni tú pagas nada ni Hacienda te devuelve). Por último, está el campo de fecha y firma.
Ahora que sabes qué es el modelo 111 y para qué sirve, seguro que entiendes mejor cómo tienes que rellenarlo y las razones que lo hacen tan importante. Si te ha gustado, comparte! ?